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Decreto núm. 118, publicado el 06 de Agosto de 2014. CREA PARQUE NACIONAL 'YENDEGAIA' EN LA REGIÓN DE MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Rango de LeyDecreto

CREA PARQUE NACIONAL "YENDEGAIA" EN LA REGIÓN DE MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA

Núm. 118.- Santiago, 24 de diciembre de 2013.- Vistos: Estos antecedentes, los Acuerdos Nos 15 y 21, de 2013, del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad; el proceso de consulta indígena desarrollado entre el Ministerio de Bienes Nacionales y la comunidad Yagan "Bahía de Mejillones"; la autorización otorgada por la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado mediante oficio RR.EE. Difrol Of. público Nº 1.626, de 10 de diciembre de 2013; lo informado por el Subsecretario de Bienes Nacionales a la Sra. Ministra del Medio Ambiente, mediante oficio Ord. Gabs. Nº 996, de 3 de diciembre de 2013; el oficio Nº 1.240, de 19 de diciembre de 2013, de la División de Bienes Nacionales; lo dispuesto por el Ministro de Bienes Nacionales mediante oficio GabM. Nº 534, de 19 de diciembre de 2013, de su Jefe de Gabinete; el DS Nº 531, de 1967, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como ley de la República la "Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América", suscrita en Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, el 12 de octubre de 1940; en el DS Nº 868, de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como ley de la República la Convención sobre la "Conservación de las Especies Migratorias de Fauna Salvaje"; el DS Nº 1.963, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como ley de la República el "Convenio sobre Diversidad Biológica"; el DFL Nº 294, de 1960, Orgánico del Ministerio de Agricultura; el DS Nº 263, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulgó el Convenio Nº 169, sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo; los artículos 19 Nº 8 y 32º Nº 6 de la Constitución Política de la República; lo previsto en los artículos 34, 70 letra b, 71 letra c, y 73, de la ley Nº 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente; el decreto Nº 4.363, de 1931, que aprobó el texto definitivo de la Ley de Bosques; el DL Nº 1.939, de 1977, y sus modificaciones; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza y la protección del medio ambiente.

Que el artículo 21 del decreto ley Nº 1.939, de 1977, confiere al Ministerio de Bienes Nacionales la facultad de declarar Parques Nacionales terrenos fiscales.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 71 de la ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, es función del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad proponer al Presidente de la República la creación de las Áreas Protegidas del Estado, que incluye parques y reservas marinas, así como los santuarios de la naturaleza y de las áreas marinas costeras protegidas de múltiples usos.

Que el Ministerio del Medio Ambiente y la Corporación Nacional Forestal han propuesto crear el Parque Nacional Yendegaia, en su primera etapa, con una superficie aproximada de 111.832,19 hectáreas, localizado en el sur de la isla Tierra del Fuego, Región de Magallanes, en las provincias de Tierra del Fuego y Antártica de Chile, comunas de Timaukel y Cabo de Hornos, respectivamente.

Que en acuerdos Nos 15/2013 y 21/2013 alcanzados en sesiones ordinarias de fechas 28 de noviembre y 5 de diciembre, respectivamente, ambas de 2013, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad acordó unánimemente proponer al Presidente de la República la creación del Parque Nacional Yendegaia.

Que de conformidad a lo dispuesto en el Convenio Nº 169 de la O.I.T., sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, y en vista de que más del 50% de los terrenos fiscales involucrados con la creación del Parque Nacional Yendegaia coinciden territorialmente con el Área de Desarrollo Indígena "Cabo de Hornos", entre los días 5 y 25 de noviembre de 2013 se llevó a cabo un proceso voluntario de consulta indígena a la Comunidad Yagan de Bahía de Mejillones, en la localidad de Villa Ukika, Isla Navarino, comuna de Cabo de Hornos, Región de Magallanes, el cual cuenta con la conformidad del Ministerio de Desarrollo Social.

Que mediante oficio RR.EE. Difrol Of. público Nº 1.626, de 10 de diciembre de 2013, la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado ha autorizado la afectación propuesta.

Que el área propuesta se caracteriza por contener uno de los ecosistemas forestales más australes del planeta, en tanto que su bosque templado no fragmentado es uno de pocos existentes, y ha sido...

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