Decreto núm. 232, publicado el 23 de Abril de 1987. CONFIERE PATROCINIO OFICIAL DEL GOBIERNO DE CHILE Y APORTE ECONOMICO AL XXXI CONGRESO ANUAL DEL CAPITULO CHILENO DEL COLEGIO AMERICANO DE CIRUJANOS - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470952046

Decreto núm. 232, publicado el 23 de Abril de 1987. CONFIERE PATROCINIO OFICIAL DEL GOBIERNO DE CHILE Y APORTE ECONOMICO AL XXXI CONGRESO ANUAL DEL CAPITULO CHILENO DEL COLEGIO AMERICANO DE CIRUJANOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

CONFIERE PATROCINIO OFICIAL DEL GOBIERNO DE CHILE Y APORTE ECONOMICO AL XXXI CONGRESO ANUAL DEL CAPITULO CHILENO DEL COLEGIO AMERICANO DE CIRUJANOS

Santiago, 10 de Febrero de 1987.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 232.- Visto: Estos antecedentes; lo dispuesto en el decreto supremo No. 12, de 1985, del Ministerio de Salud; y teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile, y

Considerando:

Que el Capítulo Chileno del Colegio Americano de Cirujanos, ha solicitado el patrocinio oficial, del Gobierno de Chile y un aporte económico para la realización del XXXI Congreso Anual, que se llevará a efecto en la ciudad de Santiago, entre los días 20 al 24 de abril de 1987.

Que dicha entidad goza de personalidad jurídica, otorgada mediante decreto supremo No. 1378, de 20 de diciembre de 1978, del Ministerio de Justicia,

Decreto:

  1. - Confiérese el patrocinio oficial del Gobierno de Chile al XXXI Congreso Anual del Capítulo Chileno del Colegio Americano de Cirujanos, organizado por dicha entidad, a realizarse en la ciudad de Santiago, entre los días 20 al 24 de abril de 1987.

  2. - Destínase a la citada entidad la suma de $ 150.000,- (ciento cincuenta mil pesos), con cargo al Item 31-002 "Organización de Congresos Internacionales", del presupuesto del Ministerio de Salud, con el fin de que sean invertidos integra y exclusivamente en el financiamiento del evento mencionado en el No. 1, de este decreto.

  3. - El Capítulo Chileno del Colegio Americano de Cirujanos, rendirá cuenta documentada al Ministerio...

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