Resolución núm. 2508 EXENTA, publicada el 30 de Septiembre de 2014. ESTABLECE ÁREA REGULADA POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA) EN LA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO PARA LAS ESPECIES VID (VITIS VINIFERA) Y CIRUELO (PRUNUS DOMESTICA Y PRUNUS SALICINA) - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 536586874

Resolución núm. 2508 EXENTA, publicada el 30 de Septiembre de 2014. ESTABLECE ÁREA REGULADA POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA) EN LA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO PARA LAS ESPECIES VID (VITIS VINIFERA) Y CIRUELO (PRUNUS DOMESTICA Y PRUNUS SALICINA)

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE ÁREA REGULADA POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA) EN LA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO PARA LAS ESPECIES VID (VITIS VINIFERA) Y CIRUELO (PRUNUS DOMESTICA Y PRUNUS SALICINA)

Núm. 2.508 exenta.- Santiago, 8 de septiembre de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; resolución Nº 3.080 de 2003, que Establece Plagas Cuarentenarias para Chile; resolución Nº 4.287 de 10 de junio de 2014 que Declara el Control Obligatorio de la plaga Polilla del Racimo de la Vid (Lobesia botrana); la resolución Regional Nº 2.210 de 14 de noviembre de 2012 que Establece Área Regulada por Polilla del Racimo de la Vid (Lobesia botrana) en la Región Metropolitana y las facultades que invisto como Director Regional (TyP) del SAG RM, mediante resolución exenta Nº 133, del 5 de mayo de 2014.

Considerando:

  1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero es la autoridad oficial encargada de velar por la protección del patrimonio fitosanitario del país.

  2. Que mediante resolución Nº 4.287, de 2014 del Servicio Agrícola y Ganadero, se establece el control obligatorio de la plaga Polilla del Racimo de la Vid, Lobesia botrana, el cual se aplicará a todas las variedades de la especie vid (Vitis vinifera) u otras especies vegetales que sean afectadas por la plaga.

  3. Que mediante resolución Nº 2.210, del 14 de noviembre de 2012, se establece el área regulada por Polilla del Racimo de la Vid (Lobesia botrana) en la Región Metropolitana.

  4. Que, Lobesia botrana está calificada como plaga cuarentenaria mediante resolución Nº 3.080 de 2003 y sus modificaciones, que establece los criterios de regionalización en relación a las plagas cuarentenarias para el territorio de Chile.

  5. Que es imprescindible consolidar e introducir las medidas fitosanitarias necesarias para contener el avance a nuevas áreas y especies vegetales, y suprimir poblaciones de la plaga Lobesia botrana, para avanzar en la eliminación de la misma en el largo plazo; conforme a la estrategia del control oficial aprobada y difundida al inicio de cada temporada.

  6. Que en la Región Metropolitana, se ha determinado que el área reglamentada corresponde a un área de supresión y contención de la Plaga.

  7. Que la detección de esta plaga en un cultivo podría comprometer gravemente el esfuerzo productivo y exportador del país.

  8. Que la literatura internacional señala a Vitis vinífera como el hospedante...

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