Decreto núm. 1, publicado el 12 de Enero de 1996. APRUEBA ORDENANZA SOBRE SERVIDUMBRE DE TRANSITO VEHICULAR Y PEATONAL EN AVENIDA SANTIAGO ARATA GANDOLFO, PANAMERICANA NORTE RUTA A-5 - MUNICIPALIDAD DE ARICA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471190694

Decreto núm. 1, publicado el 12 de Enero de 1996. APRUEBA ORDENANZA SOBRE SERVIDUMBRE DE TRANSITO VEHICULAR Y PEATONAL EN AVENIDA SANTIAGO ARATA GANDOLFO, PANAMERICANA NORTE RUTA A-5

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE ARICA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ORDENANZA SOBRE SERVIDUMBRE DE TRANSITO VEHICULAR Y PEATONAL EN AVENIDA SANTIAGO ARATA GANDOLFO, PANAMERICANA NORTE RUTA A-5

Núm. 1.- Arica, 2 de enero de 1995.- Considerando:

  1. La necesidad urgente e inmediata de asegurar el libre tránsito de vehículos y personas, en el trazado recto, adyacente a la carretera Panamericana Norte, como también su seguridad e integridad física;

  2. El peligro cierto que se produce para los vehículos motorizados que transitan en dirección norte-sur, en la faja de terreno iniciada en la Avda. Antártica y que culminan en la Avenida Luis Beretta Porcel, los cuales se ven obligados a maniobrar súbitamente al enfrentar la curva inicial en la Avda. Antártica, con grave riesgo de colisiones de accidentes.

  3. Los innumerables accidentes de tránsito y muerte producidos, por el obstáculo que representa la curva ya aludida.

  4. El derecho que le asiste a la Municipalidad y a cualquier persona, cuyo objetivo es dar seguridad a los transeúntes de bienes de uso público, consagrado en el Art. 948, del Código Civil.

  5. La facultad conferida a la Municipalidad para dictar ordenanzas constitutivas de servidumbres legales relativas al uso público, consagradas en el Art. 838, del Código Civil.

  6. La necesidad de llevar a efecto el Plan Regulador Comunal, seccional Centenario, aprobado por Resolución N° 05-068, de fecha 04 de Noviembre de 1993, que permite el ensanchamiento de las calles, acorde a la Ley General de Urbanismo y Construcción.

    Vistos:

  7. Las normas contenidas en los artículos 4, letra i), Art. 5, letra a) y Art. 10 y Art. 58, letra j) de la Ley N° 18.695 y,

  8. El artículo 27, del Decreto Supremo N° 294, Ministerio de Obras Públicas, que presume público a todo camino que esté o hubiere estado en uso público.

  9. El acuerdo N° 001, del Honorable Concejo, de fecha 02 de Enero de 1996, dicto el siguiente:

    D e c r e t o:

    Apruébase la siguiente Ordenanza sobre "Servidumbre de Tránsito Vehicular y Peatonal en Avenida Santiago Arata Gandolfo, Panamericana Norte Ruta A-5".

Artículo 1°

Constitúyase servidumbre legal de tránsito de uso público, sobre la faja de terreno de 7 metros de ancho por 115 metros de largo, ubicado sobre el predio situado entre la Avda. Antártica y Avda. Luis Beretta Porcel, adyacente a la Avenida Santiago Arata Gandolfo y que representa 805 mt.2 aproximadamente.

Artículo 2°

La servidumbre de tránsito así constituida, se limitará a dar...

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