Decreto Ley núm. 683, publicado el 08 de Octubre de 1974. FIJA UBICACION EN LA ESCALA UNICA DE LOS TRABAJADORES DE LAS MUNICIPALIDADES QUE SEÑALA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470794886

Decreto Ley núm. 683, publicado el 08 de Octubre de 1974. FIJA UBICACION EN LA ESCALA UNICA DE LOS TRABAJADORES DE LAS MUNICIPALIDADES QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto Ley

FIJA UBICACION EN LA ESCALA UNICA DE LOS TRABAJADORES DE LAS MUNICIPALIDADES QUE SEÑALA

Núm. 683.- Santiago, 1.o de Octubre de 1974.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973, y 527, de 1974, y en el artículo 13.o del decreto ley N.o 249, de 1974,

la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

Decreto ley:

Artículo 1°

Fíjase a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Achao, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:

_______________________________________________________

Grado

Escala Grado

Nombre del Cargo Municipal Escala Unica

-------------------------------------------------------

Alcalde 1° 17°

Planta Administrativa

Secretario Municipal y de

Alcaldía 10 20°

Inspector Municipal de

Tránsito y Patentes 11° 23°

Planta Obreros

Portero 9° 30°

Chofer 10° 27°

El o los cargos de Inspector Municipal de Tránsito y Patentes grado 23° se convertirán en grado 24° a medida que vayan quedando vacantes.

El o los cargos de Portero grado 30 se convertirán en grado 35° a medida que vayan quedando vacantes.

El o los cargos de Chofer grado 27° se convertirán en grado 30° a medida que vayan quedando vacantes.

MUNICIPALIDAD DE ALGARROBO

Artículo 2°

Fíjase a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Algarrobo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica.

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Gdo. Escala Grado

Nombre del Cargo Municipal Escala Unica

-------------------------------------------------------

Planta Directiva,

Profesional y Técnica

Alcalde 1° 12°

Abogado, Juez de Policía

Local 1° 13°

Arquitecto, Director de

Obras Municip. 1° 14°

Abogado Defensa Municipal 2° 15°

Secretario Municipal y de

la Alcaldía y Jefe de todo

el Personal 2° 14°

Director del Tránsito e

Inspector,

Jefe de Dirección Obras

Municipales,

Patentes Comerciales,

Industriales,

Profesionales y Artes

y de Alcoholes 2° 15°

Director de Aseo, Parques

y Jardines

e Inspección del Matadero 3° 16°

Médico Gabinete Psicotécnico Ley 15.076

Secretario Juez Policía Local,

Bibliotecaria y Habilitada 6° 19°

Planta Administrativa

Oficial de Partes 9° 23°

Actuario Juez Policía Local

e Inspección Direc. Obras

Municipales 9° 23°

Oficial de Secretaría

Municipal 10° 25°

Choferes

Choferes 6° 25°

Chofer 7° 27°

Chofer 9° 29°

Chofer 10° 31°

Planta Electricistas y

Especializados

Mecánico Electricista 6° 25°

Jardinero 7° 27°

Planta de Servicios Menores

Portero 6° 27°

Planta de Obreros

Obreros 6° 28°

Obreros 7° 31°

El o los cargos de Arquitecto, Director de Obras Municipales grado 14° se convertirán en grado 15° al quedar vacantes.

El o los cargos de Abogado Defensa Municipal grado 15° se convertirán en grado 16° al quedar vacantes.

El o los cargos de Secretario Municipal y de la Alcaldía y Jefe de todo el Personal grado 14° se convertirán en grado 15° al quedar vacantes.

El o los cargos de Jefe de Dirección de Obras Municipales, Patentes Comerciales, Industriales, Profesionales y Artes y de Alcoholes grado 15° se convertirán en grado 16° al quedar vacantes.

El o los cargos de Choferes grado 6°, grado 25° se convertirán en grado 26 al quedar vacantes.

El o los grados de Chofer grado 7°, grado 27° se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.

El o los cargos de Chofer grado 9°, grado 29° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes.

El o los cargos de Chofer grado 10°, grado 31° se convertirán en grado 33° al quedar vacantes.

El o los cargos de Mecánico Electricista grado 25° se convertirán en grado 26° al quedar vacantes.

El o los cargos de Jardinero grado 27° se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.

El o los cargos de Obreros grado 31° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.

MUNICIPALIDAD DE ALHUE

Artículo 3°

Fíjase a contar del 1° de enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Alhué, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974 la siguiente ubicación en la Escala Unica:

-------------------------------------------------------

Gdo. Escala Gdo. Escala

Nombre del Cargo Municipal Unica

-------------------------------------------------------

Alcalde 4° 17°

Administrativos

Secretario Municipal 4° 20°

Chofer Microbús 7° 27°

Obreros Sin Calificación

Obrero 4° 28°

Obrero 6° 31°

El o los cargos de Chofer Microbús de grado 27° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.

El o los cargos...

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