Ley núm. 18283, publicada el 21 de Enero de 1984. FACULTA A LA CAJA DE PREVISION DE LA DEFENSA NACIONAL PARA TRASPASAR LA SUMA QUE INDICA DEL FONDO DE REVALORIZACION DE PENSIONES A SU FONDO DE MEDICINA CURATIVA - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470691826

Ley núm. 18283, publicada el 21 de Enero de 1984. FACULTA A LA CAJA DE PREVISION DE LA DEFENSA NACIONAL PARA TRASPASAR LA SUMA QUE INDICA DEL FONDO DE REVALORIZACION DE PENSIONES A SU FONDO DE MEDICINA CURATIVA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyLey

FACULTA A LA CAJA DE PREVISION DE LA DEFENSA NACIONAL PARA TRASPASAR LA SUMA QUE INDICA DEL FONDO DE REVALORIZACION DE PENSIONES A SU FONDO DE MEDICINA CURATIVA

La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

Artículo único

Facúltase a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional para traspasar, por única vez y sin cargo de restitución, la suma de $ 155.000.000 del excedente acumulado en el Fondo de Revalorización de Pensiones de las Fuerzas Armadas al fondo de medicina curativa que dicha institución administra en conformidad con el artículo 10 de la ley N° 12.856.

JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR RAUL BENAVIDES ESCOBAR, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.-

Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación.

Llévese a efecto como Ley de la República.

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la...

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