Acuerdo núm. S/N, publicado el 06 de Julio de 2009. ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA EN SU SESIÓN Nº63, DE 2009: DELEGACIÓN DE CIERTAS FACULTADES EN LA AUTORIDAD Y FUNCIONARIO QUE INDICA - CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470017478

Acuerdo núm. S/N, publicado el 06 de Julio de 2009. ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA EN SU SESIÓN Nº63, DE 2009: DELEGACIÓN DE CIERTAS FACULTADES EN LA AUTORIDAD Y FUNCIONARIO QUE INDICA

EmisorCONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA EN SU SESIÓN Nº63, DE 2009: DELEGACIÓN DE CIERTAS FACULTADES EN LA AUTORIDAD Y FUNCIONARIO QUE INDICA

Certifico que el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, en su sesión Nº63, de 30 de junio de 2009, ejerciendo las atribuciones de dirección y administración superiores que le confiere el artículo 36 de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo 1º de la ley Nº20.285, de 2008, y según lo dispuesto en los incisos 2º y 3º del artículo 17 de los Estatutos del Consejo, aprobados por el decreto supremo Nº20, de 3 de marzo de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo:

1. Los consejeros delegan en el Presidente del Consejo Directivo:

a. La realización del examen de admisibilidad de los amparos al derecho de acceso a la información y reclamos por infracción a las normas de transparencia activa que se presenten ante el Consejo, facultándolo para declarar admisibles los casos.

b. La dictación de providencias de mero trámite.

2. Sin perjuicio de lo anterior, los casos de admisibilidad que no puedan reconducirse a situaciones que el Consejo Directivo haya analizado anteriormente, deberán ser conocidas por éste.

3. Los consejeros delegan en el Director General del Consejo el despacho de las notificaciones que sean necesarias y, en ausencia del Presidente del Consejo, las mismas facultades que se delegan en el Nº1 a éste.

4. El Presidente del Consejo Directivo...

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