Resolucion núm. 2748 EXENTA, el 19 de Agosto de 2009. SUSPENDE TRANSITORIAMENTE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ARTESANAL EN LAS PESQUERÍAS QUE INDICA POR PERÍODO QUE SEÑALA - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469987486

Resolucion núm. 2748 EXENTA, el 19 de Agosto de 2009. SUSPENDE TRANSITORIAMENTE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ARTESANAL EN LAS PESQUERÍAS QUE INDICA POR PERÍODO QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyResolución

SUSPENDE TRANSITORIAMENTE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ARTESANAL EN LAS PESQUERÍAS QUE INDICA POR PERÍODO QUE SEÑALA

Núm. 2.748 exenta.- Valparaíso, 13 de agosto de 2009.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera, de esta Subsecretaría, mediante memorándum técnico (R.Pesq.) Nº 061/2009, de fecha 15 de junio de 2009; lo informado por el Consejo Zonal de Pesca de la XV, I y II Regiones, mediante oficio ORD/ZI/Nº 00135, de fecha 10 de agosto de 2009; lo dispuesto en el DFL Nº 5, de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892, y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por DS Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución Nº 1.730 de 2007, de esta Subsecretaría.

Considerando:

Que las pesquerías de los recursos Cholga Aulacomya ater, Ostión del norte Argopecten purpuratus, Chocha Calyptraea trochiformis, Caracol locate Thais chocolata, Tumbao Semele solida, Piure Pyura preaputialis, Choro zapato Choromytilus chorus, Chorito Mytilus chilensis, Chitón Acanthopleura echinata, Ostra chilena, Ostrea chilensis y Picoroco Austromegabalanus psittacus han alcanzado el estado de plena explotación en el área marítima de la II Región de Antofagasta.

Que el artículo 50, de la ley General de Pesca y Acuicultura, establece la facultad y el procedimiento para suspender transitoriamente, por categoría de pescador artesanal y por pesquería, la inscripción en el Registro Artesanal en una o más regiones, tratándose de especies que hayan alcanzado el estado de plena explotación.

Que el Consejo Zonal de Pesca de la XV, I y II Regiones ha evacuado un informe técnico, aprobando la adopción de la medida de suspensión transitoria de la inscripción en el Registro Artesanal en todas sus categorías, para operar sobre los recursos Cholga, Ostión del norte, Chocha, Caracol locate, Tumbao, Piure, Choro zapato, Chorito, Chitón, Ostra chilena y Picoroco, en el área marítima de la II...

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