Resolucion núm. 520 EXENTA, el 11 de Noviembre de 2006. PROHIBE TRANSITO DE CAMIONES DE MAS DE DOS EJES EN VIAS QUE INDICA DEL PARQUE NACIONAL PAN DE AZUCAR - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470515370

Resolucion núm. 520 EXENTA, el 11 de Noviembre de 2006. PROHIBE TRANSITO DE CAMIONES DE MAS DE DOS EJES EN VIAS QUE INDICA DEL PARQUE NACIONAL PAN DE AZUCAR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHIBE TRANSITO DE CAMIONES DE MAS DE DOS EJES EN VIAS QUE INDICA DEL PARQUE NACIONAL PAN DE AZUCAR

Núm. 520 exenta.- Copiapó, 12 de septiembre de 2006.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 113º y 118º de la ley Nº 18.290; en la ley Nº 18.059; en las resoluciones Nº 59/1985 y Nº 39/1992, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el ord.

Nº 2.152, del 31.12.2004, del Director Regional de Vialidad; los Ord. Nº 67/2005, Nº 436/2006 y Nº 605/2006 de la Gobernación Provincial de Chañaral; los Ord. Nº 150/2006 y Nº 217/2006 del Director Regional de Conaf - Atacama; los Ord. Nº 67/2005 y Nº 1.321/2006 de la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones de Atacama,

Considerando:

  1. Que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas, como una excepción al derecho que tienen los conductores a transitar en sus vehículos.

  2. Que, mediante Ord. Nº 2152, del 31 de diciembre de 2004, del Director Regional de Vialidad de Atacama, solicita a la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones de Atacama (en adelante, la Seremitt), se restrinja la circulación de camiones pesados en el sector del Parque Nacional Pan de Azúcar, comuna de Chañaral.

  3. Que, mediante ordinarios Nº 67/2005 y Nº 1.321/2006, la Seremitt solicita opiniones sobre el tema a la Gobernación de Chañaral y al Director Regional de Conaf-Atacama.

  4. Que, mediante ordinarios Nº 67/2005, Nº 436/2006 y Nº 605/2006, la Gobernación Provincial de Chañaral se plantea en forma favorable a la restricción de circulación de camiones pesados en el Parque Nacional Pan de Azúcar, Chañaral.

  5. Que, mediante los Ord. Nº 150/2006 y Nº 217/2006, el Director Regional de Conaf de Atacama también se plantea en forma favorable a la restricción de la circulación de camiones pesados en el Parque Nacional Pan de Azúcar, Chañaral.

  6. Que, en consecuencia, existen las causas justificadas que exige el artículo 118 de la ley Nº 18.290,

Resuelvo:

  1. Prohíbese la circulación de camiones de más de dos ejes, a excepción de vehículos fiscales o autorizados por la...

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