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Ley núm. 16945, publicada el 28 de Septiembre de 1968. AUTORIZA TRANSFERIR A LA MUNICIPALIDAD DE PICA LOS FONDOS QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TIERRAS Y COLONIZACION
Rango de LeyLey

AUTORIZA TRANSFERIR A LA MUNICIPALIDAD DE PICA LOS FONDOS QUE SEÑALA

Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo único.- El Fisco transferirá a la Municipalidad de Pica el producto que obtenga de la enajenación de la herencia yacente quedada al fallecimiento de doña Filomena Palacios.

La Municipalidad deberá destinar estos recursos a la construcción de aceras y su pavimentación y la de las calzadas de las calles de la localidad cabecera de la comuna, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes.

La entrega de los fondos será efectuada por el Fisco dentro del plazo de 60 días a contar de la fecha de su percepción."

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.

Santiago, once de Septiembre de mil novecientos sesenta y ocho.- EDMUNDO PEREZ ZUJOVIC.- Víctor González M.- Juan de Dios Carmona.

Lo que digo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Angel Esnaola Martínez, Subsecretario de Tierras y Colonización.

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