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Decreto núm. 127, publicado el 03 de Septiembre de 1992. TRANSFERENCIA DE CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

TRANSFERENCIA DE CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA

Santiago, 19 de Mayo de 1992.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 127.- Vistos:

  1. La Ley No. 18.168, de 1982, y sus posteriores modificaciones, de la Ley General de Telecomunicaciones.

  2. El Decreto Ley No. 1.762, de 1977.

  3. El artículo 1° de la Ley No. 16.436, de 1966.

  4. El No. 1, artículo 3°, del párrafo III de la Resolución No. 55, de 1992, de la Contraloría General de la República.

  5. El Decreto Supremo No. 20, de 18.01.90, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por el interesado.

  7. Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones por oficio Ord. No. 32.195, de 19.05.92.

    Decreto:

    1. - Autorízase a la Compañía Radiodifusora del Sur Limitada, R.U.T. No. 79.883.560-2, representada por don Cristián Rodrigo Dodds Rosas, chileno, R.U.T. y C.I. Nacional No. 6.514.715-7, casado, abogado, domiciliado en calle Juan Mackenna No. 987, de la ciudad de Osorno, para transferir en favor de don Juan Isidro Carrasco Cárdenas, chileno, R.U.T. y C.I. Nacional No. 4.209.092-1, casado, comerciante, domiciliado en calle Patricio Lynch No. 1814-B de la misma ciudad, la Concesión de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada para la ciudad de Osorno, que disfruta en virtud del Decreto Supremo No. 20 de 18.01.90, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    2. - El nuevo concesionario gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas obligaciones que la concesionaria primitiva .

    3. - Será obligación del nuevo concesionario el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Telecomunicaciones, de sus reglamentos y sus modificaciones, en lo que sean aplicables, atendida la calidad de concesionaria que adquirirá.

    4. - Asimismo, autorízase la modificación de la concesionaria referida, en el sentido de trasladar de ubicación los estudios y planta transmisora e instalar un radioenlace, según se indica más adelante.

    5. - Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

    6. - Las características, técnicas y ubicación de la radioemisora, considerada la modificación, quedarán en definitiva como sigue:

      DEL TRANSMISOR PRINCIPAL

      -Frecuencia: 1.280 KHz.

      -Potencia diurna: 1 Kwatts.

      -Potencia nocturna: 1 Kwatts.

      -Tipo de emisión: 10KOA3EGN .

      -Señal distintiva...

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