Resolución núm. 9 EXENTA, publicada el 06 de Enero de 2012. ESTABLECE POLÍTICA DE APROBACIÓN DE PROYECTOS Y ÁREAS PRIORITARIAS DE INVERSIÓN PARA EL FONDO SOCIAL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y APRUEBA INSTRUCCIONES DE POSTULACIÓN, AÑO 2012 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469296158

Resolución núm. 9 EXENTA, publicada el 06 de Enero de 2012. ESTABLECE POLÍTICA DE APROBACIÓN DE PROYECTOS Y ÁREAS PRIORITARIAS DE INVERSIÓN PARA EL FONDO SOCIAL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y APRUEBA INSTRUCCIONES DE POSTULACIÓN, AÑO 2012

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE POLÍTICA DE APROBACIÓN DE PROYECTOS Y ÁREAS PRIORITARIAS DE INVERSIÓN PARA EL FONDO SOCIAL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y APRUEBA INSTRUCCIONES DE POSTULACIÓN, AÑO 2012

Santiago, 2 de enero de 2012.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 9 exenta.- Vistos: Lo dispuesto en el DL Nº 1.263, de 1975; la ley Nº 20.502; el DS Nº 3.860, de 1996, del Ministerio del Interior; el DS Nº 10, de 1999, del Ministerio del Interior; el artículo 35, de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el DS (I) Nº 1.136, de 2001; la Ley Nº 19.862; la Ley Nº 20.557, de Presupuestos para el Sector Público año 2012; la resolución Nº 759, de 2003, de la Contraloría General de la República, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;

Considerando:

Que de conformidad a lo previsto en el decreto supremo Nº 3.860, de 1996, del Ministerio del Interior, esta Secretaría de Estado podrá elaborar instrucciones relacionadas con la aplicación de las normas atingentes al Fondo Social;

Que el Fondo Social debe servir a los propósitos y objetivos esenciales definidos para esta cartera;

Que existe la necesidad de establecer los criterios de asignación de recursos y reglamentar la presentación de los proyectos;

Que en el propósito de extender los grados de participación ciudadana en la generación de las iniciativas se ha profundizado en el proceso de desconcentración del Fondo, y por tanto, se requiere establecer los necesarios requerimientos para orientar los recursos a los fines ministeriales, y

Que la gran variedad de iniciativas puedan obstaculizar la adecuada focalización temática de las inversiones, haciendo necesaria la creación de una política de asignación de recursos,

Resuelvo:

Artículo primero

Establézcase, para el año 2012, la política de aprobación y áreas prioritarias de inversión del Fondo Social Presidente de la República, según los criterios que a continuación se detallan:

  1. El Fondo Social Presidente de la República deberá recibir, procesar e informar a esta Subsecretaría y gestionar la entrega de recursos de acuerdo a la reglamentación vigente.

  2. Los proyectos e iniciativas de Fondo Social para el año 2012, deberán ser presentados en forma y oportunidad que las respectivas instrucciones señalen. En caso contrario, estas iniciativas no serán elegibles.

  3. Para los efectos de postular se considerarán válidas las peticiones registradas y aprobadas por el Fondo Social, sólo dentro del plazo establecido en el año 2012, y de acuerdo a las instrucciones impartidas.

  4. Para el período 2012 serán considerados todos los proyectos que cumplan con los requisitos establecidos en las normas que regulan el Fondo Social y que persigan las finalidades que en ellas se establecen. Serán priorizados aquellos que, de manera más eficiente y eficaz, contribuyan a prevenir o mitigar las condiciones de vulnerabilidad que afectan a un grupo determinado de personas. Se preferirán aquellos proyectos que promuevan la asociatividad estable y solidaria de un grupo de personas que, a través de actividades de fomento a la vida comunitaria y creación de capital social; prevención y protección civil ante emergencias y desastres naturales; fomento productivo y acción social, que refuercen la capacidad del grupo y de cada uno de sus integrantes para prevenir, mitigar o superar su situación de vulnerabilidad y extrema pobreza.

  5. Para efectos de priorizar no se considerará lo establecido en el punto anterior en los proyectos cuyo financiamiento provenga de transferencias de otro organismo público o cuando se trate de proyectos de emergencia.

  6. Los proyectos provenientes de traspasos de otros organismos públicos, deberán contar previamente con el visto bueno del Subsecretario del Interior para ser ejecutados.

Artículo segundo

Apruébanse las Instrucciones sobre el funcionamiento del Fondo Social Presidente de la República, para el año 2012, cuyo texto es el siguiente:

De los objetivos del Fondo Social 2012

El Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a través del Fondo Social Presidente de la República (en adelante "Fondo Social"), invita a entidades públicas y privadas para que postulen al financiamiento de proyectos de carácter social que contribuyan a apoyar y complementar las políticas de inversión social del gobierno. Estos proyectos deberán estar preferentemente orientados a: (i) superar la extrema pobreza y a mejorar la calidad de vida de la población, y (ii) prevenir y mitigar las condiciones de vulnerabilidad que les afectan.

Estos proyectos podrán ser elaborados y presentados por entidades, organismos o instituciones públicas y privadas, de conformidad a lo establecido en el DS Nº 3.860 de 1996, del Ministerio del Interior.

Descripción del Fondo Social 2012

Los recursos del Fondo Social se canalizan a través de dos modalidades: (i) El Fondes o Fondos Desconcentrados, y (ii) El Fondo Nacional.

i) Fondes o Fondos Desconcentrados, destinados a financiar proyectos que se tramitan ante las Gobernaciones Provinciales e Intendencias Regionales y que son postulados por éstas ante el Fondo Social quien los evalúa y aprueba.

ii) Fondo Nacional, destinado a financiar proyectos que se tramitan ante el Fondo Social, siendo éste quien los evalúa y aprueba.

Asignados los marcos presupuestarios del Fondes a cada Intendencia y Gobernación, y en caso que éstas no logren comprometerlo en su totalidad, el saldo pendiente por comprometer será reasignado inmediatamente al Fondo Nacional. Dichos recursos podrán ser adjudicados inmediatamente sin que sea necesario realizar un nuevo proceso de postulación, entre aquellos interesados que hubieran postulado válidamente al Fondo Social durante el mismo proceso.

De las líneas de fínanciamiento y tipos de proyectos

De las líneas de financiamiento

Para el año 2012, tanto los recursos del Fondes como los del Fondo Nacional podrán ser destinados para financiar proyectos en las siguientes cuatro áreas temáticas:

a. Fomento a la vida comunitaria y creación de capital social:

Proyectos destinados a actividades sociales que busquen fortalecer los espacios y oportunidades para la vida comunitaria en cada barrio y su entorno. Dentro de esta línea se encuentran aquellos que digan relación con juntas de vecinos, centros de madres, clubes sociales, centros de padres, clubes deportivos, clubes de adulto mayor y otras organizaciones sociales.

b. Prevención y Protección civil ante emergencias y desastres naturales:

Proyectos que tengan relación con la prevención ante una situación de riesgo de origen natural y/o humano y la protección a las personas, sus bienes y el medioambiente. En esta línea se financiarán proyectos presentados por instituciones como bomberos, Defensa Civil, comités de protección civil, municipalidades, entre otras.

c. Fomento productivo:

Proyectos que tengan como objetivo la habilitación y el desarrollo laboral y productivo de diversas organizaciones y asociaciones comunitarias con fines productivos, por ejemplo, asociaciones de pescadores artesanales, artesanos, apiarios, pequeños productores agropecuarios, entre otros.

d. Acción Social:

Proyectos presentados por instituciones como corporaciones, fundaciones, centros asistenciales y otros que no persigan fines de lucro y que tengan como objetivo mejorar la calidad de vida de aquellos grupos de la población que se encuentran en situación de pobreza o vulnerabilidad y que en el marco de su giro, presenten propuestas que potencien o complementen su labor permanente como organización.

No se admitirán postulaciones de proyectos que no sean coherentes con alguna de las líneas de financiamiento antes señaladas. Las tipologías de proyectos a financiar se encuentran contenidos en el Anexo 1 (Tipo de Proyectos a Financiar; Según Líneas de Financiamiento).

De los tipos de proyectos

Las Instrucciones del Fondo Social para el 2012 distinguen dos tipos de proyectos: a) Proyectos de Equipamiento, b) Proyectos de Infraestructura.

Proyectos de equipamiento, corresponde a aquellos destinados a la adquisición o acceso a un bien mueble necesario para la realización de una actividad determinada, que contribuya a mejorar el bienestar material y social de los beneficiarios del proyecto. Dentro de ellos se distinguen:

a.1) Proyectos de equipamiento menor: aquellos cuyo monto máximo no puede exceder de $1.600.000.

a.2) Proyectos de equipamiento mayor: aquellos que por su envergadura y/o especiales características, considerando el objetivo del proyecto, requieren de financiamiento por montos superiores a $1.600.000.

Proyectos de Infraestructura: corresponden a proyectos cuya principal partida sea: i) la adquisición, construcción, ampliación, reparación o mejoramiento de un bien inmueble; ii) la intervención en espacios públicos.

Los proyectos de equipamiento mayor y de infraestructura podrán solicitar financiamiento al Fondo Social por un monto mínimo de $1.600.000 y un máximo de $30.000.000.

Sólo en casos excepcionales y tratándose de proyectos específicos, ejecutados con ocasión de un convenio suscrito con otra repartición del Estado; en cumplimiento de una norma legal; previa emisión de una resolución fundada, o producto de una transferencia de fondos desde otra repartición del Estado; podrán financiarse proyectos por un monto superior a los indicados en los puntos a) y b) precedentes.

Las entidades podrán elaborar e ingresar proyectos de equipamiento en cualquiera de las 4 líneas de inversión definidas en el numeral anterior. Los proyectos de infraestructura no se podrán presentar con cargo a la línea de financiamiento señalada en la letra c), esto es, la línea de fomento productivo.

El Fondo Nacional...

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