Resolución núm. 1791 EXENTA, publicada el 08 de Octubre de 2009. DENIEGA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA FOLIO AS001C0000007 Y DECLARA RESERVA TOTAL TEMPORAL DE LA SOLICITUD DE CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA 'POTRERILLOS' Y SUS ANTECEDENTES, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 20.285 - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469981962

Resolución núm. 1791 EXENTA, publicada el 08 de Octubre de 2009. DENIEGA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA FOLIO AS001C0000007 Y DECLARA RESERVA TOTAL TEMPORAL DE LA SOLICITUD DE CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA 'POTRERILLOS' Y SUS ANTECEDENTES, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 20.285

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyResolución

DENIEGA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA FOLIO AS001C0000007 Y DECLARA RESERVA TOTAL TEMPORAL DE LA SOLICITUD DE CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA "POTRERILLOS" Y SUS ANTECEDENTES, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 20.285

Núm. 1.791 exenta.- Santiago, 2 de septiembre de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.F.L. Nº 1/19.653 de 2001; lo dispuesto en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el D.F.L. Nº 302, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba Disposiciones Orgánicas y Reglamentarias del Ministerio de Minería; en la Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 13, del año 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº19.657, sobre Concesiones de Energía Geotérmica y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 32, de 22 de abril de 2004, modificado por el Decreto Supremo Nº224, de 04 de diciembre de 2008, ambos del Ministerio de Minería; lo establecido en la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, con fecha 07 de agosto de 2009, don Jorge Ugarte Vial presentó ante esta autoridad una carta, mediante la cual requirió "copia de la solicitud de concesión de energía geotérmica "Potrerillos". presentada con fecha 5 de agosto de 2008 y publicada en el Diario Oficial con fecha 15 de septiembre del mismo año, como también de los actos administrativos emitidos por el Ministerio de Minería con motivo de dicha solicitud, sus fundamentos, documentos que le hayan servido de sustento o complemento directo y esencial y los procedimientos que se hayan utilizado para su dictación. En particular, solicito información acerca de si está todavía vigente el plazo dentro del cual un tercero puede solicitar una concesión de energía geotérmica sobre el área de concesión Potrerillos o sobre una parte de ella de acuerdo al artículo 15 inciso segundo de la ley 19.657".

  2. Que, la petición señalada en el considerando anterior constituye una solicitud en el marco de la ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, por lo cual corresponde que sea resuelta...

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