Decreto 179 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO TELEFONICO LOCAL A COMPLEJO MANUFACTURERO DE EQUIPOS TELEFONICOS S.A.C.I. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242100582

Decreto 179 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO TELEFONICO LOCAL A COMPLEJO MANUFACTURERO DE EQUIPOS TELEFONICOS S.A.C.I.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO TELEFONICO LOCAL A COMPLEJO MANUFACTURERO DE EQUIPOS TELEFONICOS S.A.C.I.

Santiago, 17 de mayo de 2004.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 179.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones;

  2. La ley Nº 18.168, Ley General de

    Telecomunicaciones;

  3. La resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;

  4. El decreto supremo Nº231 de 1980, del

    Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones posteriores,

    Considerando:

  5. Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº48.178, de 05.12.2003;

  6. Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud,

    D e c r e t o:

    Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico Local, a la empresa Complejo Manufacturero de Equipos Telefónicos S.A.C.I., RUT Nº85.783.800-9, con domicilio en Avda. Los Leones Nº1412, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Eliminar los Nodos de Conmutación denominados El Bosque, San Ramón, La Granja y Cerro Navia, todos autorizados por decreto supremo Nº158 de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, manteniendo la zona de servicio autorizada.

    2. Los plazos serán los que se indican a continuación:

      Inicio Término Inicio de Observación

      Obras Obras Servicio

      1 mes 2 meses 3 meses Todos estos plazos están

      referidos a la fecha de

      publicación en el Diario

      Oficial del presento

      decreto.

    3. Apruébase la solicitud...

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