Decreto 30 EXENTO - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA NEXTEL S.A. - SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 365452158

Decreto 30 EXENTO - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA NEXTEL S.A.

EmisorSUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor10 de Febrero de 2012

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA NEXTEL S.A.

Santiago, 11 de enero de 2012.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 30 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley N°1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley N°18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo N°103 de 2008, del Ministerio de Transportes y

    Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta N°1.144 de 2000, modificada por la resolución exenta N°596 de 2007, ambas de esta Subsecretaría, que fijó la norma técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado.

  6. El decreto supremo Nº 64 de 2010 del Ministerio de Transportes y

    Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N°31.228 de 28.04.2011.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado, otorgada a la empresa Nextel S.A., RUT N°78.921.690-8, con domicilio en Presidente Riesco Nº 5435, piso 16, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria a instalar, operar y explotar una (1) estación base.

      La estación base se conectará a la red existente a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.

    2. Los plazos máximos se indican a continuación.

    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y...

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