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Decreto 1366 EXENTO - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA NEXTEL S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor10 de Diciembre de 2011

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA NEXTEL S.A.

Santiago, 27 de octubre de 2011.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 1.366 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta Nº 1.144, de 2000, modificada por la resolución exenta Nº 596, de 2007, ambas de esta Subsecretaría, que fijó la norma técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado.

  6. El decreto supremo Nº 64, de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 51.536 de 03.08.2011.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado, otorgada a la empresa Nextel S.A., RUT Nº 78.921.690-8, con domicilio en Presidente Riesco Nº 5435, piso 16, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria a modificar la dirección y coordenadas geográficas de una (1) estación base, autorizada mediante decreto exento Nº 555 de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación.

      Las demás características técnicas, no consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al decreto exento Nº 555 de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    2. Los plazos de término de obras e inicio de servicio son los autorizados por el...

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