Decreto 397 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL CELULAR A LA EMPRESA TELEFONICA MOVIL DE CHILE S.A.
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL A
LA EMPRESA TELEFONICA MOVIL DE CHILE S.A.
Santiago, 19 de junio de 2003.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 397.- Vistos:
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El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
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La ley Nº18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.
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El Nº1 del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
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Los decretos supremos Nº657 y Nº658 de 2002, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones, y sus modificaciones posteriores.
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La resolución exenta Nº625 de 03.06.2003, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que autorizó provisoriamente la modificación de la concesión.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº12.307 de 24.01.2003.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
D e c r e t o:
Modifícanse las concesiones de servicio público de telefonía móvil, otorgadas a la empresa Telefónica Móvil de Chile S.A., RUT. Nº96.786.140-5, con domicilio en calle Miraflores Nº130, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar once radioenlaces punto a punto, en las regiones I, IV, V, VI, VII, VIII y IX, como se indica a continuación:
Radioenlaces punto - punto:
ASIGNACION DE FRECUENCIAS
NOTA: VER D.O. DEL 28.07.2003, PÁGINA 5
CARACTERISTICAS TECNICAS
NOTA: VER D.O. DEL 28.07.2003, PÁGINA 5
UBICACION
NOTA: VER D.O. DEL 28.07.2003, PÁGINA 5
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Los plazos serán los que se indican a continuación:
Inicio Término Inicio
Obras Obras Servicio Observación
1 mes 5 meses 6 meses Todos estos plazos están
referidos a la fecha de
publicación en el Diario
Oficial del presente
decreto.
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Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio...
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