Decreto núm. 82, publicado el 13 de Agosto de 1984. APRUEBA PLAN TECNICO FUNDAMENTAL DE ENCAMINAMIENTO TELEX - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497587422

Decreto núm. 82, publicado el 13 de Agosto de 1984. APRUEBA PLAN TECNICO FUNDAMENTAL DE ENCAMINAMIENTO TELEX

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

APRUEBA PLAN TECNICO FUNDAMENTAL DE ENCAMINAMIENTO TELEX

Núm. 82.- Santiago, 4 de Julio de 1984.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32° N° 8 de la Constitución Política del Estado, la Ley N° 18.168 de 1982, el decreto ley N° 1.762 de 1977 y el decreto supremo N° 423 de 1978 que aprobó la Política Nacional de Telecomunicaciones.

Considerando:

La conveniencia de definir la estructura de la red para el encaminamiento del tráfico télex, las categorías y funciones que les corresponden a los centros de la conmutación que conforman dicha red.

La necesidad de establecer las normas para encaminar las comunicaciones télex.

Decreto:

Fíjase el Plan Técnico Fundamental de Encaminamiento Télex que será la norma a aplicar a la red télex nacional.

CAPITULO I Disposiciones Generales Artículos 1 y 2
Artículo 1°

Este Plan tiene por objeto establecer la estructura básica de la red télex nacional y definir el encaminamiento que deberá tener el tráfico a través de ella.

Artículo 2°

Las especificaciones del presente Plan, están en conformidad con las recomendaciones establecidas por el CCITT para la red télex internacional, siendo su ámbito de aplicación las redes télex que presten servicio, tanto dentro del territorio nacional, como hacia la red télex internacional.

Las recomendaciones del CCITT citadas en este Plan, son las establecidas en el Libro Amarillo, que se refiere a la VII Asamblea Plenaria celebrada en Ginebra el año 1980.

CAPITULO II Definiciones Artículo 3
Artículo 3°

Para la interpretación de este Plan, se emplearán las definiciones que se indican a continuación o, en su defecto, las del CCITT:

- Servicios Télex Es un servicio telegráfico entre abonados que les permite la comunicación directa y temporal entre ellos por medio de equipos arrítmicos que trabajan a 50 baudios y mediante el Albafeto Telegráfico Internacional N° 2.

- Red Télex Internacional (RTI).

Se define como red télex internacional, la red formada por los centros de conmutación internacional de cada país conectados por circuitos internacionales.

- Centro Internacional Télex (CIT).

Es el Centro en el cual terminan los circuitos internacionales.

Dentro del ámbito nacional, el CIT está definido a partir de los circuitos de entronque entre este centro y los centros de conmutación nacionales.

- Red Télex Nacional (RTN).

Se define como red télex nacional el conjunto de equipos e instalaciones que permiten establecer una comunicación entre dos abonados o suscriptores cualesquiera, ubicados dentro del territorio nacional.

Esta red podrá estar formada por redes parciales, que atienden a parte de los suscriptores, debiendo cada una de ellas disponer de los elementos necesarios, para que sus abonados se puedan comunicar con todos los abonados del país.

- Abonado Local (AL).

Posición terminal ubicada dentro del área local (teleimpresor).

- Abonado Remoto (AR).

Posición terminal ubicado fuera del área local del respectivo centro local.

- Area Local.

Zona geográfica dentro de la cual están ubicados los abonados o suscriptores conectados a un centro local, quienes no utilizan Unidades de Abonado Remoto (UAR) para su conexión. En lugares donde haya abonados remotos, se entenderá por área local el territorio correspondiente a la provincia en que estén situados dichos abonados remotos y los abonados locales de los centros locales que allí existan.

- Unidades de Abonado Remoto (UAR).

Equipos cuya característica común es su incapacidad para conmutar por sí mismos, y que para encaminar el tráfico hacia y desde la RTN deben hacerlo a través del centro local del cual dependen.

- Centro Local (CL).

Centro encargado de la conmutación de las comunicaciones entre abonados o suscriptores conectados y ubicados dentro del área local correspondiente a ese centro, efectuando también las comunicaciones entre éstos con los demás abonados télex.

- Centro de Tránsito Nacional (CTN).

Centro que conmuta las comunicaciones entre los centros locales que de él dependen, efectuando también el tránsito de las comunicaciones entre éstos y los otros centros de conmutación télex.

- Circuito de Enlace (CE).

Circuito que enlaza un CL con el CTN del cual el primero depende.

- Circuito Nacional (CN).

Circuito que enlaza a CTN entre sí (dentro de la misma área local o entre áreas locales distintas), o un CTN con un CIT, o un CL con un CTN distinto del cual el primero depende.

- Circuito de Enlace Directo (CED).

Circuito que enlaza un CL con otro CL.

- Circuito de Interconexión (CI).

Circuito Nacional (CN) que enlaza centros de diferentes empresas concesionarias, con fines de integrar la RTN.

CAPITULO III Estructura de la Red Télex Nacional (RTN) Artículo 4
Artículo 4°

La RTN se configura como una malla, formada mediante la interconexión de los CTN pertenecientes a cada una de las empresas concesionarias de servicio público télex. A partir de cada uno de estos centros de tránsito, las empresas de telecomunicaciones involucradas forman sus propias redes.

Adicionalmente, podrán interconectarse las redes de los diferentes concesionarios, ya sea, a nivel de centros locales, o bien, a travás de éstos con un CTN siempre que los centros interconectados estén ubicados en la misma área local, debiendo, en todo caso, existir la ruta final.

TITULO I Categorías de Centros en la RTN Artículo 5
Artículo 5°

En la RTN se establece un máximo de dos categorías de centros, a saber:

Clasificación Función

Funcional Categoría más Importante

------------------- --------------- ----------------

Centros de Tránsito 2 Conectan centros

Nacional (CTN) locales (CL)

Centro Local (CL) 1 Conectan abonados

locales y remotos

El esquema de dependencia entre los centros es el

siguiente:

Función Categoría Dependencia

--------- ------------- -----------

Centro Local (CL) 1 Categoría 2

Centro de Tránsito 2 ------------

Nacional (CTN)

Las funciones de conmutación correspondientes a las categorías 1, 2 y las funciones del CIT, podrán ser cumplidas por el mismo centro de conmutación, vale decir, ese centro ejercería función mixta.

TITULO II Tipos de Encaminamiento en la RTN Artículos 6 y 7
Artículo 6° Encaminamiento por ruta directa.

Es una ruta que interconecta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR