Decreto núm. 295, publicado el 18 de Enero de 1986. APRUEBA TARIFAS POR CONSUMO DE AGUA POTABLE PARA LA EMPRESA METROPOLITANA DE OBRAS SANITARIAS - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497539950

Decreto núm. 295, publicado el 18 de Enero de 1986. APRUEBA TARIFAS POR CONSUMO DE AGUA POTABLE PARA LA EMPRESA METROPOLITANA DE OBRAS SANITARIAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

APRUEBA TARIFAS POR CONSUMO DE AGUA POTABLE PARA LA EMPRESA METROPOLITANA DE OBRAS SANITARIAS

Núm. 295.- Santiago, 11 de Octubre de 1985.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto supremo MINVU N° 370, de 1974; el decreto Ley N° 2.050, de 1977;

Decreto:

  1. Apruébanse las siguientes fórmulas tarifarias para obtener los precios unitarios y cargos fijos aplicables al suministro de agua potable y al servicio de alcantarillado entregados por la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias (EMOS):

    1.1. Cargo fijo mensual por agua potable ($/mes), CFAP CFAP 30xAE x IN1

    1.2. Cargo fijo mensual por alcantarillado ($/mes): CFAL CFAL = 20 x AE x IN1

  2. 3. Cargo variable por consumo de agua potable ($/m3):

    CVAP CVAP = 12,894 x AT1 x IN2 CVAP2 = 6,740 x AT2 x IN3 CVAP3 = 16,063 x IN4

    1.4. Cargo variable por servicio de alcantarillado ($/m3):

    CVAL CVAL = 5,095 x AT3 x IN5 CVAL2 = 0,873 x IN6

    La descripción de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores son los indicados a continuación:

    1. AE: Arranque equivalente. Sus valores son los que se indican para el diámetro del servicio de agua potable correspondiente:

      Diámetro 15 (13) 20 (19) 25 40 50 80 (75)

      (mm.)

      AE 1 2 4 9 15 35

      Di metro 100 150 200 250 300 400

      (mm.)

      AE 60 135 240 370 535 945

    2. INI, IN2, IN3,IN4, IN5, IN6: Indices de Correción Polinómicos. Se calculan utilizando la siguiente fórmula general:

      INi = ai x ICEM + bi x IFIE + ci x IDIE + di x I'ELE

      + ei x IISS + fi x IIPC+ gi x IIPMI + hi x ITCP

      donde:

      i: Subíndice que puede tomar los valores 1, 2, 3, 4, 5 y 6.

      ICEM: Indice del Precio del Cemento, calculado como PCEM/PCEMo, en que PCEM es el precio del cemento (artículo 124 del Indice de Precios al Por Mayor-

      IPM publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas, INE) y PCEMo su precio publicado para agosto de 1985.

      IFIE: Indice del Precio del Fierro (Barras Fierro Gruesas), calculado como PFIE/PFIEo, en que PFIE es el precio del fierro (artículo 116 del IPM, publicado por el INE) y PFIEo su precio publicado para agosto de 1985.

      IDIE: Indice del Precio del Petróleo diesel (artículo 182 del IPM, publicado por el INE) y PIDIEo su precio publicado para agosto de 1985.

      IELE: Indice del Precio de la Electricidad Industrial, calculado como PELE/PELEo, en que PELE es el precio de la energía eléctrica industrial (artículo 207 del IPM, publicado por el INE) y PELEo su precio publicado para agosto de 1985.

      IISS: Indice de Remuneraciones...

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