Decreto 288 - APRUEBA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS SANTIAGO PONIENTE S.A. (EX EMPRESA SERVICIOS DE AGUA POTABLE BARRANCAS S.A.) - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242478406

Decreto 288 - APRUEBA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS SANTIAGO PONIENTE S.A. (EX EMPRESA SERVICIOS DE AGUA POTABLE BARRANCAS S.A.)

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

APRUEBA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS SANTIAGO PONIENTE S.A. (EX EMPRESA SERVICIOS DE AGUA POTABLE BARRANCAS S.A.)

Núm. 288.- Santiago, 23 de diciembre de 2002.- Visto: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 70 de 1988 del Ministerio de Obras Públicas y sus modificaciones contenidas en la ley Nº 19.549; el decreto supremo Nº 453 del 12 de diciembre de 1989, modificado por decreto supremo Nº 109 del 10 de marzo de 1998, el decreto supremo Nº 182 del 31 de marzo de 1995, el decreto supremo Nº 614 de 20 de octubre de 1997, publicado el 30 de diciembre de 1997, todos ellos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, el artículo 10º de la ley Nº 10.336; el artículo 68º del decreto supremo Nº 121/91 del Ministerio de Obras Públicas, la ley Nº 18.902; el estudio tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios; el acuerdo directo de fecha 13 de septiembre de 2002, firmado por dicha Superintendencia y el prestador para resolver las discrepancias hechas valer por éste en el proceso tarifario de la Empresa Aguas Santiago Poniente S.A., y estos antecedentes.

Considerando:

  1. Que en el proceso de fijación de tarifas de la Empresa Aguas Santiago Poniente S.A., esta empresa hizo valer discrepancias a determinados parámetros del estudio tarifario de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, las que fueron resueltas mediante un acuerdo directo entre dicha Superintendencia y el prestador, que se formalizó mediante acta de acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2002.

  2. Que el acta de acuerdo directo se aprobó mediante resolución (exenta) de la Superintendencia de Servicios Sanitarios Nº 2.484 de fecha 1 de octubre de 2002.

  3. Que la empresa Servicios de Agua Potable Barrancas S.A., mediante escritura pública modificó su razón social a Aguas Santiago Poniente S.A.

    D e c r e t o:

  4. Apruébanse las siguientes fórmulas tarifarias para obtener los precios máximos aplicables a los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la Empresa Aguas Santiago Poniente S.A.:

    1. Usuarios finales:

      a.1 Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL

      CFCL= CF x IN1

      a.2 Cargo variable por consumo de agua potable en período no punta ($/m3): CVAP

      CVAP= CV1 x IN2 + CV4 x IN5

      a.3 Cargo variable por consumo de agua potable en período punta ($/m3): CVAPP

      CVAPP= CV2 x IN3 + CV5 x IN6

      a.4 Cargo variable por sobreconsumo de agua potable en período punta ($/m3): CVAPP2

      CVAPP2= CV3 x IN4 + CV6 x IN7

      a.5 Cargo variable por servicio de alcantarillado de aguas servidas ($/m3): CVAL

      CVAL= CV7 x IN8 + CV8 x IN9

    2. La descripción de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores, al 31 de diciembre de 2001, son los indicados a continuación:

      Variable Definición Valor

      CF Cargo fijo por cliente 370

      CV1 Cargo variable por producción de agua

      potable en período no punta 81,26

      CV2 Cargo variable por producción de agua

      potable en período punta 74,02

      CV3 Cargo variable de sobreconsumo por

      producción de agua potable en período

      punta 131,53

      CV4 Cargo variable por distribución de

      agua potable en período no punta 85,16

      CV5 Cargo variable por distribución de

      agua potable en período punta 79,73

      CV6 Cargo variable de sobreconsumo por

      distribución de agua potable en

      período punta 171,20

      CV7 Cargo variable por recolección de

      aguas servidas 53,49

      CV8 Cargo variable por disposición de

      aguas servidas 196,18

    3. Polinomios de Indexación

      IN1, IN2, IN3, IN4, IN5, IN6, IN7, IN8, IN9, IN10, IN11, IN12, IN13, IN14, IN15 e IN16:

      polinomios de indexación de tarifas. Se calculan utilizando la siguiente fórmula general:

      INi= ai x IIPC + bi x IIPMI + ci x IIPMN

      donde:

      IIPC : Indice del Indice de Precios al Consumidor,

      calculado como IPC/IPCo, en que IPC es el

      Indice de Precios al Consumidor, publicado

      por el INE e IPCo el correspondiente a

      diciembre de 2001 IPCo= 109,76.

      IIPMI : Indice del Indice de Precios al por Mayor

      de Productos Importados calculado como

      IPMI/IPMIo, en que IPMI es el Indice de

      Precios al por Mayor de Productos Importados

      publicado por el INE e IPMIo el

      correspondiente a diciembre de 2001 IPMIo=

      188,47.

      IIPMN : Indice del Indice de Precios al por Mayor

      de Productos Nacionales, calculado como

      IPMN/IPMNo, en que IPMN es el Indice de

      Precios al por Mayor de Productos Nacionales

      publicado por el INE e IPMNo el

      correspondiente a diciembre de 2001 IPMNo=

      173,59.

      A continuación se indican los...

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