Decreto Ley 1128 - SUSTITUYE, A CONTAR DE LA FECHA QUE SEÑALA, LA UBICACION EN LA ESCALA UNICA DE SUELDOS DE LOS PERSONALES DE LAS MUNICIPALIDADES QUE INDICA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 248333118

Decreto Ley 1128 - SUSTITUYE, A CONTAR DE LA FECHA QUE SEÑALA, LA UBICACION EN LA ESCALA UNICA DE SUELDOS DE LOS PERSONALES DE LAS MUNICIPALIDADES QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto Ley

SUSTITUYE, A CONTAR DE LA FECHA QUE SEÑALA, LA UBICACION EN LA ESCALA UNICA DE SUELDOS DE LOS PERSONALES DE LAS MUNICIPALIDADES QUE INDICA

Núm. 1.128.- Santiago, 31 de Julio de 1975.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes N°s 1 y 128, de 1973, y 527, de 1974, y en los artículos 13° y 14° del decreto ley N° 249, de 1974.

La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

Decreto ley:

Artículo 1°

Para los efectos de dar cumplimiento al procedimiento de reconsideración establecido en el artículo 14 del decreto ley N° 249, de 1974, reglamentado por el decreto supremo de Hacienda N° 207, de 1974, sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, la ubicación en la Escala Unica de Sueldos de los personales de las Municipalidades que se indican en los artículos siguientes, fijada por los decretos leyes que en cada caso se señalan.

MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION

Artículo 2°

Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 1° del decreto ley N° 682, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Concepción en la Escala Unica, por el siguiente:

"Artículo 1°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Concepción, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:

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Grado

Designación Actual Escala Unica

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Planta de Empleados

1° Cat. Alcalde de la Comuna ___________ 4

1° Cat. Abogado Jefe ___________________ 6

1° Cat. Asesor Urbanista _______________ 6

1° Cat. Director Obras Municipales _____ 6

1° Cat. Director de Control, Contador

Contralor ______________________ 7

1° Cat. Director de Subsistencias

(Veterinario) __________________ 7

4° Cat. Director del Tránsito __________ 7

1° Cat. Juez 1° Juzgado de Policía Local 5

1° Cat. Juez 2° Juzgado de Policía Local 5

4° Cat. Director de Aseo y Ornato ______ 7

4° Cat. Jefe Obras Comunales y

Aprovisionamiento ______________ 8

4° Cat. Director Patentes y Policía

Local __________________________ 8

4° Cat. Jefe de Control y Rentas _______ 8

5° Cat. Secretario Municipal y de la

Alcaldía _______________________ 6

Gr 4° Jefe del Personal y de

Escalafones Subdirectivos,

Subdirectivos, Jefaturas de Sección y

Profesionales

2° Cat. Arquitectos D.O.M ______________ 8

3° Cat. Abogado Primero Defensa

Municipal ______________________ 8

Gr 3° Prosecretario Municipal y de la

Alcaldía _______________________ 9

Gr 3° Subdirector Patentes y Policía

Local __________________________ 9

Gr 6° Inspector Contador _____________ 9

3° Cat. Secretario Abogado 1° Juzgado

Policía Local __________________ 8

3° Cat. Secretario Abogado 2° Juzgado

Policía Local __________________ 8

4° Cat. Arquitecto D.O.M _______________ 10

Gr 2° Abogado Segundo Defensa

Municipal ______________________ 10

Gr 3° Asistente Social Jefe __________ 11

Gr 4° Jefe de Sección ________________ 13

Gr 4° Técnico Gabinete Psicotécnico __ 14

Gr 5° Administrador Estadio Municipal 14

Gr 5° Asistente Social _______________ 14

Gr 5° Administrador Mercados _________ 14

Gr 6° Jefe Sección Aseo ______________ 14

Gr 6° Inspector Jefe de Patentes _____ 14

Gr 6° Inspector de Control ___________ 14

Gr 7° Topógrafo Técnico Universitario 14

Gr 7° Dibujante Técnico Universitario 14

Gr 8° Relacionador Público Periodista 14

Gr 4° Bibliotecaria Jefe _____________ 16

Gr 8° Dibujante ______________________ 19

Gr 10° Médico Gabinete Psicotécnico ___ Ley N° 15.076

Administrativos

Gr 3° Oficiales ______________________ 19

Gr 5° Oficial ________________________ 20

Gr 6° Oficiales ______________________ 21

Gr 7° Oficiales ______________________ 22

Gr 8° Oficiales ______________________ 23

Gr 9° Oficiales ______________________ 24

Gr 10° Oficiales ______________________ 25

Gr 11° Oficiales ______________________ 26

Gr 12° Oficiales ______________________ 29

Gr 11° Auxiliar _______________________ 27

Servicio de Mantención

Gr 6° Jefe Taller Mecánico

Especializado __________________ 16

Gr 11° Subjefe Taller Mecánico

Especializado __________________ 19

Gr 10° Oficiales Mecánicos ____________ 24

Gr 10° Chofer _________________________ 25

Gr 11° Oficial Electricista ___________ 25

Gr 11° Oficial Mecánico _______________ 25

Gr 11° Oficial Tornero ________________ 25

Gr 12° Oficiales Electricistas ________ 25

Gr 12° Oficial Mecánico _______________ 25

Obreros Especializados Clase "A"

Gr 1° ________________________________ 25

Gr 2° ________________________________ 25

Gr 3° ________________________________ 25

Gr 4° ________________________________ 26

Gr 5° ________________________________ 26

Gr 6° ________________________________ 26

Obreros Especializados Clase "B"

Gr 1° ________________________________ 26

Gr 2° ________________________________ 26

Gr 3° ________________________________ 27

Gr 4° ________________________________ 27

Gr 5° ________________________________ 28

Gr 6° ________________________________ 29

Gr 7° ________________________________ 30

Obreros No Especializados

Gr 1° ________________________________ 27

Gr 2° ________________________________ 27

Gr 3° ________________________________ 28

Gr 4° ________________________________ 29

Gr 5° ________________________________ 30

Gr 6° ________________________________ 31

Gr 7° ________________________________ 32

El o los cargos de Director de Subsistencias (Veterinario) grado 7° se convertirán en grado 8° al quedar vacantes.

El o los cargos de Inspector Contador grado 9° se convertirán en grado 11° al quedar vacantes.

El o los cargos de Arquitecto D.O.M. grado 10° se convertirán en grado 12° al quedar vacantes.

El o los cargos de Abogado Segundo Defensa Municipal grado 10° se convertirán en grado 12° al quedar vacantes.

El o los cargos de Asistente Social Jefe grado 11° se convertirán en grado 14° al quedar vacantes.

El o los cargos de Jefe de Sección grado 13° se convertirán en grado 14° al quedar vacantes.

El o los cargos de Asistente Social grado 14° se convertirán en grado 19° al quedar vacantes.

El o los cargos de Oficiales grado 29° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes.

El o los cargos de Auxiliar grado 27° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.

El o los cargos de Oficial Mecánico grado 11° grado 25° se convertirán en grado 26° al quedar vacantes.

El o los cargos de Oficiales Electricistas grado 25° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.

El o los cargos de Oficial Mecánico grado 12° grado 25° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.

El o los cargos de Obreros Especializados Clase "A" grado 3° grado 25° se convertirán en grado 26° al quedar vacantes.

El o los cargos de Obreros Especializados Clase "A" grado 4° grado 26° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.

El o los cargos de Obreros Especializados Clase "A" grado 5° grado 26° se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.

El o los cargos de Obreros Especializados Clase "A" grado 6° grado 26° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes.

El o los cargos de Obreros Especializados Clase "B" grado 4° grado 27° se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.

El o los cargos de Obreros Especializados Clase "B" grado 5° grado 28° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes.

El o los cargos de Obreros Especializados Clase "B" grado 6° grado 29° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes.

El o los cargos de Obreros Especializados Clase "B" grado 7° grado 30° se convertirán en grado 33° al quedar vacantes.

El o los cargos de Obreros No Especializados grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.

MUNICIPALIDAD DE LA REINA

Artículo 3°

Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 2° del decreto ley N° 682, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de La Reina en la Escala Unica, por el siguiente:

"Artículo 2°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de La Reina, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:

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Grado

Designación Actual Escala Unica

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Superintendente de los Servicios

1° Cat. Alcalde 4

Direcciones de Servicios Clase "A"

Secretaría de la Alcaldía

2° Cat. Secretario de la Alcaldía y

Coordinador General de los

Servicios 7

Dirección de Obras Municipales

1° Cat. Director-Arquitecto, Ingeniero o

Constructor Civil 7

Juzgado de Policía Local

1° Cat. Juez 6

Dirección de Finanzas, Adquisiciones y Control

2° Cat. Director 8

Defensa Municipal

1° Cat. Abogado Jefe 8

Dirección de Tránsito y Patentes

2° Cat. Director 8

Departamento de Cultura e Integración Vecinal

2° Cat. Director...

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