Decreto 158 - PROMULGA EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL CONSEJO FEDERAL SUIZO SOBRE EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS POR PARTE DE LOS FAMILIARES DEPENDIENTES DE MIEMBROS DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS, REPRESENTACIONES CONSULARES Y MISIONES PERMANENTES - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 456563186

Decreto 158 - PROMULGA EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL CONSEJO FEDERAL SUIZO SOBRE EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS POR PARTE DE LOS FAMILIARES DEPENDIENTES DE MIEMBROS DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS, REPRESENTACIONES CONSULARES Y MISIONES PERMANENTES

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor25 de Febrero de 2012

PROMULGA EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL CONSEJO FEDERAL SUIZO SOBRE EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS POR PARTE DE LOS FAMILIARES DEPENDIENTES DE MIEMBROS DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS, REPRESENTACIONES CONSULARES Y MISIONES PERMANENTES

Núm. 158.- Santiago, 15 de diciembre de 2011.- Vistos: Los artículos 32, Nº 15 y 54, Nº 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 16 de marzo de 2011 la República de Chile y el Consejo Federal Suizo, suscribieron, en Santiago, el Convenio sobre el Ejercicio de Actividades Remuneradas por Parte de los Familiares Dependientes de Miembros de las Misiones Diplomáticas, Representaciones Consulares y Misiones Permanentes.

Que dicho Convenio fue aprobado por el H. Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 1.388 SEC/11, de 15 de noviembre de 2011, del Honorable Senado.

Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9, párrafo primero del referido Convenio, y, en consecuencia, éste entrará en vigor internacional el 31 de diciembre de 2011.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Consejo Federal Suizo sobre el Ejercicio de Actividades Remuneradas por Parte de los Familiares Dependientes de Miembros de las Misiones Diplomáticas, Representaciones Consulares y Misiones Permanentes, suscrito en Santiago, el 16 de marzo de 2011; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Ignacio Larraín Arroyo, Embajador, Director General Administrativo.

CONVENIO

ENTRE

EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE

Y

EL CONSEJO FEDERAL SUIZO

SOBRE EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS POR PARTE DE LOS FAMILIARES DEPENDIENTES DE MIEMBROS DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS, REPRESENTACIONES CONSULARES Y MISIONES PERMANENTES

El Gobierno de la República de Chile

y

el Consejo Federal Suizo,

en adelante denominados "las Partes", con el propósito de mejorar las condiciones de vida de los miembros de las misiones diplomáticas, representaciones consulares y misiones permanentes mediante el otorgamiento de acceso al mercado laboral para los familiares dependientes,

han acordado lo siguiente:

Artículo 1

Autorización para dedicarse a una actividad remunerada

Los familiares dependientes de los miembros de las misiones diplomáticas, representaciones consulares o misiones permanentes ante una organización internacional de una de las Partes acreditada oficialmente ante la otra o ante una organización internacional con sede en la otra, estarán autorizados, sobre una base de reciprocidad, a ejercer una...

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