Decreto núm. 188, publicado el 13 de Mayo de 1996. PRORROGA POSTERGACION DE PERMISOS DE EDIFICACION, SUBDIVISIONES, LOTEOS Y URBANIZACIONES EN SECTOR URBANO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE ALGARROBO |
Rango de Ley | Decreto |
PRORROGA POSTERGACION DE PERMISOS DE EDIFICACION, SUBDIVISIONES, LOTEOS Y URBANIZACIONES EN SECTOR URBANO Núm. 188.- Algarrobo, Mayo 8, 1996.- Vistos:
-
- Ley 18.695 Art. 3° letra b), Orgánica Constitucional de Municipalidades de 31.03.88.
-
- Ley 18.883 de 29.12.89, Estatuto para Funcionarios Municipales.
-
- DFL. 228-19.321 de 16.09.94 (Planta).
-
- Decreto Alcaldicio N° 382 de 26.09.94 (Asume Alcaldía).
-
- DFL. 458/75 Art. 117, y
-
- Resoluciones N°s. 004 de 07.03.96 y 208 de 08.05.96, ambas del Departamento de Desarrollo Urbano de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la V Región, mediante las cuales informan favorablemente la aplicación del Art. 117 del DFL. 458/75 de las zonas que se indicarán en el presente Decreto,
Considerando:
-
Que se encuentra en plena ejecución la modificación del Plano Regulador de Algarrobo, según Convenio suscrito con la Universidad Marítima de Chile de Viña del Mar; con el objeto de planificar las actuales y futuras necesidades del ordenamiento territorial de Algarrobo Urbano;
-
La actual normativa, que reglamenta la trama Urbana, aunque legalmente vigente, se considera, técnicamente, obsoleta, al haber transcurrido más de 10 años de su promulgación; y
-
Urbanísticamente, la protección de las zonas que se indicarán, son prioritarias, dado que corresponden a los sectores más presionados, por las edificaciones en altura; además, se considera la Av. Carlos Alessandri A. en toda su extensión, porque sirve de acceso a todos los predios colindantes, y no tiene opción operacional para soportar el tránsito local e intercomunal a la que se ve sometida, especialmente en la temporada alta de verano;
D e c r e t o:
-
Prorrógase la postergación de Permisos de Edificación, Subdivisiones, Loteos o Urbanizaciones prediales y de Construcciones por un período de (9) nueve meses a contar del 10.01.96 al 10.10.96, de acuerdo a lo establecido en el Art. 117 del DFL. N° 458/75 Ley General de Urbanismo y Construcciones.
El Sector donde será aplicable la prórroga, de lo indicado precedentemente, corresponde a una parte de las zonas H y H1. Zona TH de la Puntilla Peñablanca, y Zona TH1 de la Punta de El Fraile establecido por el Plan Regulador Comunal vigente de Algarrobo, cuya descripción es la siguiente:
Nor-Oriente: Calle La Puntilla.
Norte: Calle Los Abogados.
Nor-Poniente: Calle El Canelo.
Sur-Poniente: Calle Los Claveles.
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba