Decreto 586 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA A COMUNICACIONES RADIALES CORDILLERA S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243564514

Decreto 586 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA A COMUNICACIONES RADIALES CORDILLERA S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESION DE SERVICIO DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA A COMUNICACIONES RADIALES CORDILLERA S.A.

Santiago, 3 de noviembre de 2000.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 586.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

  2. La ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.

  3. El número 1º del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.

  4. El artículo 1º de la ley 16.436, de 1966.

  5. El decreto supremo Nº 190 de 18.07.91, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  6. El decreto supremo Nº 263 de 15.07.94, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  7. El decreto supremo Nº 107 de 13.04.95, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  8. El decreto supremo Nº 331 de 08.07.99, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,

    Considerando:

  9. La solicitud de transferencia ingreso Subtel Nº 12.375 de 31.01.2000.

  10. La resolución exenta Nº 690 de 29.06.2000, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que autorizó previamente la transferencia.

  11. La escritura pública de fecha 28.07.2000, celebrada ante don Mario Farren Cornejo, Notario Público Titular de la Comuna de Santiago, que da cuenta material de la transferencia de la concesión, así como de la inserción en la misma de la resolución que dispuso la autorización previa a que se refiere el inciso tercero del artículo 21º de la ley Nº 18.168 de 1982.

  12. Que los representantes de la persona jurídica adquirente son chilenos y no se encuentren sometidos a proceso o condenados por delito que merezca pena aflictiva.

  13. Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones mediante memorándum Nº 440 de 26 de octubre de 2000,

    D e c r e t o:

    1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora, en frecuencia modulada, señal distintiva XQC-99, para la ciudad de Talcahuano, cuyo titular es la sociedad Comunicaciones Radiales Cordillera S.A., RUT Nº 96.592.050-1, según consta en la letra f) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular es la sociedad Iberoamerican Radio Holdings Uno Chile S.A., RUT Nº 96.867.990-2, domiciliada en Eliodoro Yáñez Nº 1783, comuna de Providencia, Región Metropolitana.

    2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.

    3. El...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR