Decreto 220 - MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE FRUTILLAR
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE FRUTILLAR
Santiago, 30 de mayo de 2005.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 220.- Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
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La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
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El número 1º del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
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El decreto supremo Nº 126 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
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La resolución exenta Nº 479 de 1999, modificada por la resolución exenta Nº 1.117 de 2000, ambas de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;
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El decreto supremo Nº 68 de 06.02.2004, que otorgó la concesión, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
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La solicitud de modificación, ingreso Subtel Nº 20.989 de 18.02.2005, complementada mediante ingreso Subtel Nº 33.595 de 20.04.2005; y, b) Que, en virtud de lo dispuesto en el inciso 7º del artículo 14º de la ley, no resulta aplicable lo señalado en sus artículos 15º y 16º, es decir, no requiere de publicación de extracto de la solicitud,
Decreto:
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Modifícase, la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQD-470, para la localidad de Frutillar, X Región, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra f) de los Vistos, cuyo titular es la sociedad Transco S.A., RUT Nº 96.809.200-6, con domicilio en calle Luis Thayer Ojeda Nº 1145, Providencia, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en los términos que a continuación se indican.
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Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
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Autorízase a la concesionaria para incorporar un estudio alternativo y un radioenlace estudio alternativo-planta, en los términos que a continuación se señalan.
De la ubicación de las instalaciones
Estudio Alternativo.
- Dirección : Sector Alto Bonito s/n, Puerto Montt,
X Región.
- Coordenadas
geográficas : 41°28'53" Latitud Sur; 73°01'01"
Longitud Oeste, Datum PSAD 56.
De las características técnicas del radioenlace Estudio Alternativo-Planta
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