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Resolucion núm. 634 EXENTA, el 19 de Mayo de 2006. AUTORIZA A SICAL INGENIEROS S.A., PARA CERTIFICAR PRODUCTOS DE GAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA
Rango de LeyResolución

AUTORIZA A SICAL INGENIEROS S.A., PARA CERTIFICAR PRODUCTOS DE GAS QUE INDICA

Núm. 634 exenta.- Santiago, 27 de abril de 2006.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.410, Orgánica del Servicio; la resolución exenta SEC Nº 527/85 y sus modificaciones; el oficio circular Nº 6329 de 2003, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, y la resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que mediante ingreso Nº 226, de fecha 04/01/2006, el Laboratorio o Entidad de Certificación Sical Ingenieros S.A. solicita a esta Superintendencia la autorización para certificar los productos de gas indicados en la Tabla siguiente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º Nº 14 de la ley 18.410 y en lo señalado en el punto 4.2 de la resolución exenta SEC Nº 527/85 y sus modificaciones.

    Tabla

    Producto Protocolo

    Artefactos a gas de uso colectivo para

    calentar y mantener los alimentos: PC-43/3.

    gabinetes térmicos con o sin dispositivo

    de control eléctrico incorporado

    Artefactos a gas de uso colectivo para

    cocinar: gratinadoras con o sin dispositivo PC-43/5.

    de control eléctrico incorporado

  2. Que mediante inspección de fecha 08/02/2006 efectuada por un profesional de SEC a la instalación del Laboratorio o Entidad de Certificación Sical Ingenieros S.A., ubicada en calle Vasco de Gama Nº 6266, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago, se pudo constatar que el personal, equipos e instrumentos cumplen con los requisitos necesarios para realizar los análisis y/o ensayos de los productos de gas solicitados y señalados en el Considerando 1º, de la presente resolución.

  3. Que se adjuntó el comprobante de depósito del Banco Estado por el cobro de registro de documentos y la copia del documento, emitido por el Instituto Nacional de Normalización (INN), mediante la cual se acredita la vigencia como organismo de certificación a "Sical Ingenieros S.A.", y que en dicha acreditación incluye los productos de gas indicados en la Tabla precedente.

  4. Que de acuerdo a la documentación presentada, a la visita efectuada por un profesional de SEC a la instalación ubicada en calle Vasco de Gama Nº 6266, Peñalolén, Santiago, y lo indicado en las normas chilenas NCh 2212/7. Of2000 y NCh 2212/5. Of2000, normas en las cuales se basan los Protocolos PC-43/3, PC-43/5, oficializados mediante el Oficio Circular SEC Nº 6329 de 2003, el organismo en cuestión...

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