Decreto 9 - APRUEBA MODIFICACION AL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243289838

Decreto 9 - APRUEBA MODIFICACION AL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL

EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

APRUEBA MODIFICACION AL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL

Núm. 9.- Santiago, 23 de febrero de 2001.- Vistos: Lo dispuesto en las leyes Nºs. 11.764, artículo 134;

16.395, artículo 24, y 17.538, artículo único; en los decretos supremos Nºs. 28 y 180, de 1994 y 1996, respectivamente, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y la facultad que me confiere el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile; el D.S. Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

D e c r e t o:

Artículo único

Agrégase al artículo 14º del decreto supremo Nº 180, de 1996, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del Servicio de Bienestar del Servicio de Salud Metropolitano Central, el siguiente inciso final:

"El Servicio podrá, además, administrar colonias, refugios, casas de huéspedes u otras instalaciones que le sean asignadas para el uso de sus beneficiarios, quedando expresamente excluidas de dicha facultad la de contratar personal, la que corresponderá a la respectiva institución. Los excedentes que se generen...

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