Ley núm. 10472, publicada el 20 de Septiembre de 1952. MODIFICA LA LEY N.o 8,569, QUE CREO LA CAJA BANCARIA DE PENSIONES - MINISTERIO DE SALUBRIDAD, PREVISIÓN Y ASISTENCIA SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497438226

Ley núm. 10472, publicada el 20 de Septiembre de 1952. MODIFICA LA LEY N.o 8,569, QUE CREO LA CAJA BANCARIA DE PENSIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUBRIDAD, PREVISIÓN Y ASISTENCIA SOCIAL
Rango de LeyLey

MODIFICA LA LEY N.o 8,569, QUE CREO LA CAJA BANCARIA DE PENSIONES

Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente.

Proyecto ley:

"Artículo único. Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N.o 8,569, de fecha 26 de Septiembre de 1946, que creó la Caja Bancaria de Pensiones.

Agrégase al encabezamiento del Título III, a continuación de la frase "Fondo de Solidaridad", la frase: "y Fondo de Medicina Curativa".

Agréganse al artículo 30 los siguientes incisos nuevos:

"El Fondo de Medicina Curativa se formará con los siguientes aportes:

  1. 1 % sobre los sueldos, salarios, honorarios fijos, comisiones y gratificaciones legales pagaderos en dinero, a cargo de los empleadores;

  2. 1 % de las mismas remuneraciones, a cargo de los empleados;

  3. un medio por ciento como mínimum y hasta un uno por ciento como máximum de las mismas remuneraciones a cargo de la Caja Bancaria de Pensiones, y

  4. el 10 % de las asignaciones familiares, a cargo de los empleados que las reciban.

Los fondos percibidos en conformidad al inciso anterior se contabilizarán en una cuenta común e independiente de los otros fondos de la Caja y serán destinados a prestar asistencia médica a los imponentes, a sus cónyuges y demás miembros de su familia con derecho a asignación familiar, hasta donde lo permitan sus disponibilidades, en la...

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