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Decreto núm. 166, publicado el 17 de Septiembre de 2014. MODIFICA DECRETO SUPREMO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO SUPREMO QUE INDICA

Núm. 166.- Santiago, 27 de junio de 2014.- Visto: La Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DS Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la ley Nº 20.657; la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República; los DS Nº 163 de 2009 y Nº 100 de 2013, ambos del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

Considerando:

Que la ley Nº 20.597, modificó la Ley General de Pesca y Acuicultura, y creó tres nuevos Consejos Zonales de Pesca: Consejo Zonal de Pesca de las Regiones V de Valparaíso, VI del Libertador Bernardo O'Higgins y VII del Maule e Islas Oceánicas; Consejo Zonal de Pesca de las Regiones IX de la Araucanía y XIV de Los Ríos y Consejo Zonal de Pesca de la Región XI de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.

Que, mediante DS Nº 100 de 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se oficializó las nominaciones de los consejeros del Consejo Zonal de Pesca de la V-VII.

Que en virtud de la competencia actual de los Consejos Zonales de Pesca, es necesario modificar el DS Nº 163 de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que oficializó la nominación de los miembros del Consejo Zonal de Pesca de la V, VI, VII, VIII y IX Regiones e Islas Oceánicas, en los cargos del sector público.

Decreto:

Artículo 1º

Modifíquese el número 2 del numeral I del artículo 1º del DS Nº 163, de 2009, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en el sentido de señalar que el miembro del Consejo Zonal de Pesca de la VIII Región del Biobío es el Director Regional del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la VIII Región.

Artículo 2º

El miembro del Consejo Zonal de Pesca, antes señalado, durará en sus...

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