Ley núm. 18926, publicada el 08 de Febrero de 1990. LEY NUM. 18.926 FIJA SENTIDO Y ALCANCE DEL DECRETO LEY N° 3.551, DE 1980, EN LO RELATIVO A LA ASIGNACION DE ESPECIALIDAD AL GRADO EFECTIVO DEL PERSONAL CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS QUE INDICA - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 495965926

Ley núm. 18926, publicada el 08 de Febrero de 1990. LEY NUM. 18.926 FIJA SENTIDO Y ALCANCE DEL DECRETO LEY N° 3.551, DE 1980, EN LO RELATIVO A LA ASIGNACION DE ESPECIALIDAD AL GRADO EFECTIVO DEL PERSONAL CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyLey

LEY NUM. 18.926 FIJA SENTIDO Y ALCANCE DEL DECRETO LEY N° 3.551, DE 1980, EN LO RELATIVO A LA ASIGNACION DE ESPECIALIDAD AL GRADO EFECTIVO DEL PERSONAL CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS QUE INDICA

La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de Ley

Artículo 1°

Declárase que el beneficio económico establecido en el artículo 41 del decreto ley N° 3.551, de 1980, para el personal de empleados civiles de carácter Profesional Universitario, no exige ni ha exigido que los interesados deban desempeñarse en cargos para cuya función la ley exija determinado títulos de esta naturaleza.

Artículo 2°

Modifícase el inciso primero del artículo 41 del decreto ley N° 3.551, de 1980, en la forma siguiente:

  1. Reemplázanse la expresión "Soldado 1° (E)" por la de "Cabo (E)", y el punto y coma (;) que figura después de la palabra "pesos" por un punto (.).

  2. Suprímese la expresión "Soldado (E) y grados equivalentes: seiscientos cinco pesos, cincuenta centavos.".

Artículo 3°

Declárase que las sumas percibidas por concepto de la Asignación de Especialidad al Grado Efectivo establecida en el artículo 41 del decreto ley N° 3.551, de 1980, han sido bien percibidas hasta la fecha de la presente ley.

JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- JORGE LUCAR FIGUEROA, Teniente General, Vicecomandante en Jefe del Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.

Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley la sanciono y la firmo en señal de promulgación.

Llévese a efecto como ley de la República.

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación Oficial de dicha Contraloría.

Santiago, 31 de Enero de 1990.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.

Lo que se transcribe para su conocimiento.- Ricardo Izurieta Caffarena, Coronel, Subsecretario de Guerra.

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