Decreto núm. 227, publicado el 02 de Agosto de 2010. DESIGNA A DON JUAN ÓSCAR ESPINOZA PACHECO EN EL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICAS DE LA REGIÓN DEL MAULE
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS |
Rango de Ley | Decreto |
DESIGNA A DON JUAN ÓSCAR ESPINOZA PACHECO EN EL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICAS DE LA REGIÓN DEL MAULE
Núm. 227.- Santiago, 5 de mayo de 2010.- Visto: Las facultades previstas en el Art. 32º, Nº 10 de la Constitución Política de la República; lo establecido en los Art. 26º y 49º, incisos segundo y final, de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo previsto en los Arts. 4º, 7º, letra b), 14º, 16º y 87º, letra e), de la Ley Nº 18.834, según textos fijados por el DFL. Minsegpres Nº 1-19.653, de 2000, y DFL. Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, respectivamente; lo establecido en los Arts. 61º y 62º del D.F.L. Nº 1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 19.175, de 2005, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el Art. 48º, letra a), de la Ley Nº 19.880; las facultades conferidas en el D.F.L. MOP Nº 850, de 1997, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y habiéndose oído la opinión del Ministro de Obras Públicas respecto a la proposición emitida por el Intendente Regional de la Región del Maule,
Decreto:
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- Desígnase, a contar del 6 de mayo de 2010, a don Juan Óscar Espinoza Pacheco, RUT Nº12.463.879-8, Profesional (Ingeniero Civil), en el cargo de Directivo, Secretario Regional Ministerial de Obras Públicas de la Región del Maule, Grado 3º EUS., de la planta de la Subsecretaría de Obras Públicos, con residencia en Talca.
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- Cancélese, al funcionario indicado, la Asignación Profesional correspondiente al grado 3º EUS., y una Asignación de Responsabilidad Superior, equivalente a un 40% de su sueldo, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 19.185 y en el D.L. Nº 1.170, de 1977,
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- Establécese, que por razones impostergables de buen servicio, el profesional mencionado debió asumir sus funciones en la fecha señalada precedentemente, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
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- Páguense las remuneraciones...
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