Ley 19805 - CREA NUEVAS SALAS EN LAS CORTES DE APELACIONES DE SANTIAGO, SAN MIGUEL, VALPARAISO Y CONCEPCION - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242792838

Ley 19805 - CREA NUEVAS SALAS EN LAS CORTES DE APELACIONES DE SANTIAGO, SAN MIGUEL, VALPARAISO Y CONCEPCION

EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyLey

CREA NUEVAS SALAS EN LAS CORTES DE APELACIONES DE SANTIAGO, SAN MIGUEL, VALPARAISO Y CONCEPCION

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1º.- Créanse, en la Corte de Apelaciones

de Santiago, los cargos que a continuación se indican,

con sus respectivos grados de la Escala de Sueldos Bases

Mensuales del Poder Judicial:

a.- Seis cargos de ministros, de la segunda categoría del Escalafón Primario, Grado IV;

b.- Cuatro cargos de relator, de la tercera categoría del Escalafón Primario, Grado V;

c.- Dos cargos de oficiales terceros, de la tercera categoría del Escalafón de Empleados, Grado XII;

d.- Cuatro cargos de oficiales cuartos, de la cuarta categoría del Escalafón de Empleados, Grado XIII, y

e.- Dos cargos de oficial de sala, de la séptima categoría del Escalafón de Empleados, Grado XVI.

Artículo 2º

Créanse, en la Corte de Apelaciones de San Miguel, los cargos que a continuación se indican, con sus respectivos grados de la Escala de Sueldos Bases Mensuales del Poder Judicial:

a.- Tres cargos de ministros, de la segunda categoría del Escalafón Primario, Grado IV;

b.- Dos cargos de relator, de la tercera categoría del Escalafón Primario, Grado V;

c.- Un cargo de oficial tercero, de la tercera categoría del Escalafón de Empleados, grado XII;

d.- Dos cargos de oficiales cuartos, de la cuarta categoría del Escalafón de Empleados, grado XIII, y e.- Un cargo de oficial de sala, de la séptima categoría del Escalafón de Empleados, grado XVI.

Artículo 3º

Créanse, en la Corte de Apelaciones de Concepción, los cargos que a continuación se indican, con sus respectivos grados de la Escala de Sueldos Bases Mensuales del Poder Judicial:

a.- Tres cargos de ministros, de la segunda categoría del Escalafón Primario, Grado IV;

b.- Dos cargos de relatores, de la tercera categoría del Escalafón Primario, Grado V;

c.- Un cargo de oficial tercero, de la tercera categoría del Escalafón de Empleados, grado XII;

d.- Dos cargos de oficial Cuarto, de la cuarta categoría del Escalafón de Empleados, grado XIII, y e.- Un cargo de oficial de sala, de la séptima categoría del Escalafón de Empleados, grado XVI.

Artículo 4º

Créanse, en la Corte de Apelaciones de Valparaíso, los cargos que a continuación se indican, con sus respectivos grados de la Escala de Sueldos Bases...

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