Decreto núm. 26 EXENTO, publicado el 08 de Julio de 1997. AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULO QUE INDICA EN DIAS SABADO, DOMINGO Y FESTIVOS DE COMISION CHILENA DE ENERGIA NUCLEAR - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471065466

Decreto núm. 26 EXENTO, publicado el 08 de Julio de 1997. AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULO QUE INDICA EN DIAS SABADO, DOMINGO Y FESTIVOS DE COMISION CHILENA DE ENERGIA NUCLEAR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULO QUE INDICA EN DIAS SABADO, DOMINGO Y FESTIVOS DE COMISION CHILENA DE ENERGIA NUCLEAR

Santiago, 16 de junio de 1997.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 26 exento.- Visto: Lo solicitado en oficio Nº 1.18/043 de 19 de mayo de 1997 por la Comisión Chilena de Energía Nuclear; lo dispuesto en el Decreto Ley 799, de 1974 y sus modificaciones posteriores; la Circular Nº 225 de 1994, de S.E. el Presidente de la República; Artículo 1 Número 7 del Decreto Supremo Nº 654, de 1994, del Ministerio del Interior y sus modificaciones posteriores; la Resolución Nº 520 de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución Nº 55 de 1992 y la Circular Nº 35.593 de 1995, de la Contraloría General de la República; lo dispuesto en el Nº 8 del Artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile;

Considerando:

  1. - Que la Comisión Chilena de Energía Nuclear ha solicitado a esta Secretaría de Estado, autorización para que el vehículo de su propiedad, mayormente singularizado en el artículo 1º de este decreto, destinado a transportar el personal que trabaja en el Laboratorio de Producción de Radioisótopos, de dicho organismo, circule en días sábado en la tarde, domingo y festivos sin restricción de horarios.

  2. - Que por la naturaleza de las funciones que desempeñan los funcionarios del Laboratorio de Producción de Radioisótopos, éstos deben ser trasladados al Centro Nuclear de La Reina, todos los días de la semana durante la madrugada, para el cumplimiento de sus funciones que consisten especialmente, en la preparación de las dosis de radioisótopos, que deben entregar diariamente a los distintos centros de salud de esta ciudad.

  3. - Que en virtud de lo anteriormente expuesto, se requiere contar con un vehículo que se utilice diariamente de madrugada para retirar dicho personal de sus respectivos domicilios y trasladarlo al Centro Nuclear de La Reina, ya que dicho personal debe iniciar su jornada de trabajo a las 06:00 horas...

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