Decreto 84 - REVOCA RECONOCIMIENTO OFICIAL Y CANCELA PERSONALIDAD JURIDICA DE UNIVERSIDAD LAS CONDES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243793422

Decreto 84 - REVOCA RECONOCIMIENTO OFICIAL Y CANCELA PERSONALIDAD JURIDICA DE UNIVERSIDAD LAS CONDES

EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

REVOCA RECONOCIMIENTO OFICIAL Y CANCELA PERSONALIDAD JURIDICA DE UNIVERSIDAD LAS CONDES

Núm. 84.- Santiago, 17 de febrero de 2000.- Considerando:

Que, la Universidad Las Condes está inscrita en el Folio C Nº9 del 29 de diciembre de 1987 del Libro de Registro de Universidades del Ministerio de Educación, en virtud de las normas contenidas en el DFL Nº1 de 1980;

Que, con fecha 23 de octubre de 1990 la Universidad Las Condes optó formalmente por el sistema de acreditación ante el Consejo Superior de Educación. Posteriormente presentó su proyecto institucional a dicho Consejo con fecha 29 de abril de 1991;

Que, el Consejo Superior de Educación verificó el desarrollo del proyecto institucional de la Universidad Las Condes, conforme a lo dispuesto en el artículo 41º de la Ley Nº18.962;

Que, durante el período de acreditación de la Universidad Las Condes se han efectuado siete visitas de verificación -con fechas 13 y 14 de enero de 1992, 28 y 29 de diciembre de 1993, 2 de diciembre de 1994, 6 de diciembre de 1994, 6 de agosto de 1996, 22 y 23 de octubre de 1996 y 23 y 24 de junio de 1998-, cada una de las cuales fue desarrollada por una comisión integrada por académicos expertos que actuaron como pares evaluadores;

Que, asimismo, durante el período de acreditación se realizaron nueve procesos de examinación selectiva en las distintas carreras de la Universidad Las Condes, cuyos resultados fueron comunicados oportunamente a la institución mediante oficios del Consejo Superior de Educación Nºs. 4349/93, 310/94, 396/94, 93/95, 345/95, 527/96, 313/97 y 393/98;

Que, la Universidad Las Condes al concluir el período de acreditación definido por el Consejo, no ha demostrado encontrarse en condiciones de avanzar autónoma y responsablemente en la tarea de cumplir sus propósitos institucionales;

Que, mediante Acuerdo Nº57/94 del 14 de julio de 1994 del Consejo Superior de Educación explicitó una serie de deficiencias de la información proporcionada por la Universidad y en conformidad con lo establecido en los artículos 42 y 82 de la Ley Nº18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, el Consejo Superior de Educación se pronunció sobre la solicitud de certificación de plena autonomía presentada por la Universidad Las Condes, oportunidad en que el Consejo estimó que el desarrollo del proyecto institucional de la Universidad no era satisfactorio, por lo que extendió el período de acreditación por cuatro años, del máximo de cinco indicados en la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza;

Que, en sesión ordinaria del 16 de julio de 1998 el Consejo Superior de Educación analizó la totalidad de los...

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