Decreto núm. 146, publicado el 13 de Enero de 1990. MODIFICA PLAN INTERCOMUNAL DE SANTIAGO, AREA DE RESTRICCION AEROPUERTO EULOGIO SANCHEZ ERRAZURIZ - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471090554

Decreto núm. 146, publicado el 13 de Enero de 1990. MODIFICA PLAN INTERCOMUNAL DE SANTIAGO, AREA DE RESTRICCION AEROPUERTO EULOGIO SANCHEZ ERRAZURIZ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA PLAN INTERCOMUNAL DE SANTIAGO, AREA DE RESTRICCION AEROPUERTO EULOGIO SANCHEZ ERRAZURIZ

Santiago, 29 de Noviembre de 1989.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 146.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 2° y 9° de la Ley No. 16.391 y 12 letra i) del DL No. 1.305 de 1976; los artículos 36 y 37 del DFL No. 458, (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, el artículo 557 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización; el Ordinario No. 262, de 19 de Octubre de 1988, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; y los antecedentes que se acompañan.

Decreto:

Artículo 1°

Modifícase el Plan Intercomunal de Santiago aprobado por DS No. 2387, (MOP), de 10 de Noviembre de 1960, publicado en le Diario Oficial de fecha 27 de Diciembre de 1960, en el sentido de definir un nuevo límite del área de restricción correspondiente al cono norte del Aeropuerto Eulogio Sánchez Errázuriz y cuya zonificación y normas técnicas se establecen conforme a lo graficado en le Plano RM-PIS-88-21, denominado "Area de Restricción del Aeropuerto Eulogio Sánchez Errázuriz", comunas La Reina - Peñalolén, confeccionado a escala 1:5.000 por la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, que por el presente decreto se aprueba.

Artículo 2°

Modifícase asimismo la Ordenanza del Plan Intercomunal de Santiago en la forma que a continuación se indica:

  1. Reemplázase en el Título I, Artículo 7° letra b), inciso segundo del número 1., la numeración del plano "RM-PIS-86-32" por "RM-PIS-88-21".

  2. Reemplázanse en el Título VI, artículo 17 Subtítulo B "Normas Específicas para las Areas de Resguardo de Obras de Infraestructura" las normas contenidas en el acápite "R.B.1. No. 1", por las siguientes:

"R.B.1 No. 1: Area de Restricción del Aeropuerto Eulogio Sánchez Errázuriz, La Reina-Peñalolén, conforme a lo graficado en el Plano RM-PIS-88-21.

ZONA Z1:

La Reina En esta zona no se permitirán nuevas subdivisiones ni edificaciones. Las edificaciones existentes mantienen las actuales condiciones de edificación.

ZONA Z2:

La Reina En esta zona, sólo se permitirá el emplazamiento de vivienda y equipamiento de escala vecinal de deporte, esparcimiento, cultura y áreas verdes con las condiciones que se señalan a continuación:

Densidad Coef.Máx. Ocup. Máx. Superficie Altura Máx.

Neta Máx Construc- del Suelo Predial Edificacion

Hab/há tibilidad % Mín.m2. m.

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