Resolucion núm. 194, el 19 de Octubre de 2007. APRUEBA TEXTO REGLAMENTO DE LAS UNIDADES COORDINADORAS EMPRESARIALES Y DE LOS OPERADORES DE FOMENTO DE MICROEMPRESA O EMPRESARIALES DE CORFO
Emisor | CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
APRUEBA TEXTO REGLAMENTO DE LAS UNIDADES COORDINADORAS EMPRESARIALES Y DE LOS OPERADORES DE FOMENTO DE MICROEMPRESA O EMPRESARIALES DE CORFO
Santiago, 10 de julio de 2007.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 194.- Vistos:
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El acuerdo de Consejo Nº 2.442, de 2007, que creó el Instrumento de Fomento denominado "Programa de Emprendimientos Locales" y el acuerdo de Consejo Nº 2.305, de 2004.
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Las facultades que me otorga el Reglamento General de la Corporación, y lo establecido en la resolución Nº 55, de 1992, de la Contraloría General de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por resolución Nº 520, de 1996, y sus modificaciones posteriores, todas emanadas del mismo organismo,
Resuelvo:
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Apruébase el siguiente Reglamento que regirá a las Unidades Coordinadoras Empresariales y a los Operadores de Fomento de Microempresa o Empresariales de CORFO, como también sus obligaciones y responsabilidades para operar los denominados "Programas de Emprendimiento Locales".
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Definición
Las Unidades Coordinadoras Empresariales son personas jurídicas que realizarán la pre-selección y selección de empresas, sus diagnósticos, elaborarán los planes de negocio y de trabajo y cumplirán las funciones de supervisión, evaluación y administración de los instrumentos que lo requieran.
Los Operadores de Fomento de Microempresa o Empresariales son personas jurídicas que implementarán los planes de negocio y de trabajo, las asesorías, asistencias técnicas y capacitaciones y solicitarán y administrarán los recursos en el marco de los instrumentos que lo requieran.
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Requisitos de la Unidad Coordinadora Empresarial y del Operador de Fomento de Microempresa o Empresarial
La Dirección Regional respectiva seleccionará a la Unidad Coordinadora Empresarial y a los Operadores de Fomento de Microempresa o Empresariales de cada programa. La selección se efectuará vía licitación pública, cuyas bases serán aprobadas por la Dirección Regional, siendo éstas las que definan los criterios de selección y labores que la Unidad Coordinadora Empresarial y los Operadores de Fomento de Microempresa o Empresariales desarrollarán.
Ambos, en todo caso, deberán acreditar una adecuada capacidad profesional y técnica, una organización e infraestructura apropiada y un objeto social compatible con sus funciones.
La Unidad Coordinadora Empresarial y los Operadores de Fomento de Microempresa o Empresariales estarán habilitados para operar como tales, una vez que se...
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