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Resolución núm. 993 EXENTA, publicada el 22 de Octubre de 2018. FIJA METAS SANITARIAS Y DE MEJORAMIENTO DE LA ATENCIÓN PARA LAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE SALUD MUNICIPAL, PARA EL AÑO 2019

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

FIJA METAS SANITARIAS Y DE MEJORAMIENTO DE LA ATENCIÓN PARA LAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE SALUD MUNICIPAL, PARA EL AÑO 2019

Núm. 993 exenta.- Santiago, 12 de octubre de 2018.

Visto:

Lo solicitado en memorándum Nº C5/Nº 117, de 2018 de la Jefa División Atención Primaria; lo dispuesto en el artículo , 1) de la ley Nº 19.813; en el decreto supremo Nº 324, de 2003, del Ministerio de Salud -que aprueba Reglamento de la ley Nº 19.813 -; en la ley Nº 20.157 y su Reglamento, aprobado por decreto supremo Nº 47, de 2007, del Ministerio de Salud; en los artículos y del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nos 18.933 y 18.469, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, conforme lo establecen la letra b), del artículo 4, del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005 y el artículo 1) de la ley Nº 19.813, ambos de este Ministerio de Salud, a esta cartera de Estado le compete definir los objetivos y metas sanitarias nacionales.

  2. Que, en el año 2010, el Ministerio de Salud dio inicio a la planificación de las acciones del sector para la década 2011-2020, cuyo objetivo general fue la identificación de los desafíos sanitarios de la próxima década y el diseño de las estrategias para su enfrentamiento justo y eficiente, cuyo resultado es la Estrategia de Salud para el Cumplimiento de los Objetivos Sanitarios de la Década del 2011-2020.

  3. Que, por otro lado, es necesario promover el incremento de la calidad y oportunidad de la atención de salud en los establecimientos del nivel primario de salud municipal.

  4. Que, del cumplimiento de las metas sanitarias y de mejoramiento de la atención de salud depende la obtención de la asignación de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo, para los trabajadores de atención primaria de salud a que se refiere el artículo 3º de la ley Nº 19.378, que cumplan con los requisitos que ahí se establecen.

  5. En base a las consideraciones anteriores, dicto la siguiente:

    Resolución:

  6. Fíjense para las entidades administradoras de salud municipal, para el año 2019, las siguientes metas sanitarias y de mejoramiento de la atención proporcionada a los usuarios de la atención primaria de salud municipal:

  7. Desarrollo Psicomotor

    1. Nombre de la Meta: Recuperación del Desarrollo Psicomotor.

    2. Indicador: Porcentaje de Niños y Niñas de 12 a 23 meses con riesgo del Desarrollo Psicomotor (DMS) recuperados.

    3. Numerador: Nº de niños y niñas de 12 a 23 meses diagnosticados con riesgo del Desarrollo Psicomotor recuperados en el período enero a diciembre 2019.

    4. Denominador: Nº de niños y niñas de 12 a 23 meses diagnosticados con riesgo de Desarrollo Psicomotor en su primera evaluación, período enero a diciembre 2019.

    Meta Nacional: 90 % de recuperación.

    Meta Sanitaria Municipal 2019: Las comunas o establecimientos, según sea la unidad de análisis previamente definida por el Servicio de Salud, que estén por debajo de la Meta Nacional, deberán aumentarla en relación al logro del año anterior. De igual modo, quienes tengan coberturas logradas el año anterior superiores a la Meta Nacional, deberán mantenerla o aumentarla.

    Plan Nacional de Salud para los Objetivos Sanitarios: Objetivo de Impacto relacionado con esta meta: Disminuir las alteraciones en el desarrollo infantil. Resultado Esperado del Objetivo de Impacto relacionado con esta meta: Fortalecer la prevención secundaria del rezago en primera infancia.

  8. Detección precoz del cáncer de cuello uterino

    1. Nombre de la Meta...

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