Resolución núm. 970 EXENTA, publicada el 19 de Diciembre de 2017. ESQUEMA DE REDUCCIÓN Y COMPENSACIÓN DE CARBONO PARA LA AVIACIÓN INTERNACIONAL - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 699284185

Resolución núm. 970 EXENTA, publicada el 19 de Diciembre de 2017. ESQUEMA DE REDUCCIÓN Y COMPENSACIÓN DE CARBONO PARA LA AVIACIÓN INTERNACIONAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

ESQUEMA DE REDUCCIÓN Y COMPENSACIÓN DE CARBONO PARA LA AVIACIÓN INTERNACIONAL

Núm. 970 exenta.- Santiago, 13 de diciembre de 2017.

Visto:

Lo dispuesto en el DFL Nº 241, de 1960, que fusiona y reorganiza diversos servicios relacionados con la aviación civil; el DL Nº 2.564, de 1979, que dicta normas sobre aviación comercial; el DFL Nº 1/19.653, de 2001, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; la Ley Nº 16.752, que fija organización y funciones y establece disposiciones generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil; el Convenio sobre Aviación Civil Internacional promulgado por decreto supremo Nº 509 bis de 1957 (RR.EE.); la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, promulgada por decreto supremo Nº 123, de 1995 (RR.EE.); el Protocolo de Kioto sobre cambio climático promulgado por decreto supremo Nº 349, de 2004 (RR.EE.); el Acuerdo de París, adoptado en la Vigésima Primera Reunión de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, promulgado por decreto supremo Nº 30, de 2017 (RR.EE.); las resoluciones A36-22, A37-19, y A39-3, adoptadas por la Asamblea de la Organización de Aviación Civil Internacional; la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el decreto supremo Nº 1, de 2013 (M.M.A.) que aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC; la Ley Nº 20.285 sobre acceso a la información pública; el acuerdo adoptado en la sesión Nº 1.897, de 2017, de la Junta de Aeronáutica Civil; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. - Que la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), creada en 1944 por el Convenio de Aviación Civil Internacional o de Chicago, del cual Chile es parte, tiene entre sus objetivos estratégicos limitar o reducir los impactos de los gases de efecto invernadero provenientes de la aviación civil sobre el cambio climático.

  2. - Que el Estado de Chile es parte de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático y de sus Protocolos Asociados, reconociendo, de esta forma, que el cambio climático es un problema de toda la humanidad y la importancia de contar con herramientas para contribuir a mitigar sus efectos. Asimismo, que el Protocolo de Kioto de la mencionada Convención Marco establece...

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