Resolución núm. 9372 EXENTA, publicada el 11 de Diciembre de 2019. MODIFICA Y APRUEBA TEXTO COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA RESOLUCIÓN N° 1.408, DE 2001, QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACIÓN PARA FRUTOS FRESCOS DE RUBUS SPP., PROCEDENTES DE ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 829433081

Resolución núm. 9372 EXENTA, publicada el 11 de Diciembre de 2019. MODIFICA Y APRUEBA TEXTO COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA RESOLUCIÓN N° 1.408, DE 2001, QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACIÓN PARA FRUTOS FRESCOS DE RUBUS SPP., PROCEDENTES DE ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

MODIFICA Y APRUEBA TEXTO COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA RESOLUCIÓN N° 1.408, DE 2001, QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACIÓN PARA FRUTOS FRESCOS DE RUBUS SPP., PROCEDENTES DE ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA

Núm. 9.372 exenta.- Santiago, 2 de diciembre de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; ley Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; el decreto ley 3.557 de 1980 del Ministerio de Agricultura sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 510 de 2016 del Ministerio de Agricultura que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG); el decreto Nº 112 de 2018 del Ministerio de Agricultura que nombra al Director Nacional del SAG; la resolución N° 7 de 2019 de la Contraloría General de la República; las resoluciones Nº 558 de 1999; 1.408 de 2001; Nº 3.080 de 2003; Nº 3.815 de 2003; Nº 133 de 2005; Nº 3.589 de 2012, todas del Servicio Agrícola y Ganadero.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es la autoridad encargada de velar por el patrimonio fito y zoosanitario del país, y bajo este marco está facultada para adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al territorio nacional de plagas y enfermedades que puedan afectar la salud animal y vegetal, las que pueden provenir de mercancías importadas.

  2. Que, en virtud de esta facultad, el Servicio dictó la resolución N° 1.408 de 2001, citada en los vistos, que establece requisitos de ingreso de frutos frescos de frambuesa (Rubus spp.) desde Estados Unidos de Norteamérica.

  3. Que en resolución SAG Nº 1.408 de 2001 se establecen requisitos fitosanitarios para manejar el riesgo asociado a las plagas Byturus unicolor, Argyrotaenia franciscana (=A. citrana), Choristoneura rosaceana, Drosophila suzukii y Epiphyas postvittana.

  4. Que la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria de Estados Unidos de Norteamérica (USDA/APHIS), tiene establecidas áreas reglamentadas para la plaga Epiphyas postvittana (Lep. Tortricidae), plaga cuarentenaria para Chile.

  5. Que, como resultado de las acciones desarrolladas a través del Programa de Vigilancia Fitosanitaria Agrícola y Forestal del Servicio Agrícola y Ganadero, se ha reportado la presencia de Drosophila suzukii en el país, por lo que se ha determinado su...

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