Resolución núm. 9265 EXENTA, publicada el 03 de Octubre de 2015. REFUNDE EXIGENCIAS DE ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS, PE Nº 5/15/2, PARA CERTIFICAR EL PRODUCTO ELÉCTRICO LÁMPARAS HALÓGENAS Y FIJA FECHA DE APLICACIÓN DEL NUEVO PROTOCOLO REFUNDIDO - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 583883802

Resolución núm. 9265 EXENTA, publicada el 03 de Octubre de 2015. REFUNDE EXIGENCIAS DE ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS, PE Nº 5/15/2, PARA CERTIFICAR EL PRODUCTO ELÉCTRICO LÁMPARAS HALÓGENAS Y FIJA FECHA DE APLICACIÓN DEL NUEVO PROTOCOLO REFUNDIDO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyResolución

REFUNDE EXIGENCIAS DE ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS, PE Nº 5/15/2, PARA CERTIFICAR EL PRODUCTO ELÉCTRICO LÁMPARAS HALÓGENAS Y FIJA FECHA DE APLICACIÓN DEL NUEVO PROTOCOLO REFUNDIDO

(Resolución)

Núm. 9.265 exenta.- Santiago, 10 de julio de 2015.

Visto:

Lo dispuesto en la Ley Nº 18.410, Orgánica de esta Superintendencia; el decreto supremo Nº 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que mediante resolución exenta Nº 4.022 de fecha 01.07.2014, se estableció que para poder comercializar en el país los productos eléctricos Lámpara halógena de tungsteno para uso doméstico y propósitos similares de iluminación general, los importadores, fabricantes y comercializadores de los mismos, deberán certificar y verificar, previamente, que éstos cuenten con los respectivos Certificados de Aprobación de Seguridad y Eficiencia Energética, a partir del 01.04.2015.

    Tabla 1.

  2. Que mediante la resolución exenta Nº 71, de fecha 30.12.2014, del Ministerio de Energía, se aprobaron las Especificaciones Técnicas para el diseño de la Etiqueta de eficiencia energética para Lámparas Halógenas de Tungsteno para uso doméstico y propósitos generales de iluminación general.

    De acuerdo a la letra d) del considerando de la resolución exenta Nº 71, las Especificaciones Técnicas para el diseño de la Etiqueta de eficiencia energética fueron puestas en consulta pública de conformidad con los plazos señaladas en el artículo 6º del decreto supremo Nº 77, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

  3. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo , Nº 14, de la ley Nº 18.410, corresponde a esta Superintendencia establecer las pruebas y ensayos, señaladas en los protocolos, que deben realizar los laboratorios o entidades de control de seguridad y calidad, para otorgar los Certificados de Aprobación a los productos, máquinas e instrumentos, equipos, artefactos, aparatos y materiales eléctricos, de gas y de combustibles líquidos que cumplan con las especificaciones de seguridad, eficiencia energética y, o calidad establecidas y no constituyan peligro para las personas o cosas,

    Resuelvo:

  4. Refúndase las exigencias fijadas en la resolución exenta Nº 71, de fecha...

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