Resolución núm. 9214 EXENTA, publicada el 20 de Diciembre de 2014. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 5.093, DE 2014, QUE SUSPENDE LA IMPORTACIÓN DE CERDOS VIVOS Y HEMODERIVADOS DE ORIGEN PORCINO, DESDE PAÍSES INFECTADOS CON NUEVA VARIANTE DEL VIRUS DE LA DIARREA EPIDÉMICA PORCINA, Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 3.581 DE 2014 - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 549849242

Resolución núm. 9214 EXENTA, publicada el 20 de Diciembre de 2014. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 5.093, DE 2014, QUE SUSPENDE LA IMPORTACIÓN DE CERDOS VIVOS Y HEMODERIVADOS DE ORIGEN PORCINO, DESDE PAÍSES INFECTADOS CON NUEVA VARIANTE DEL VIRUS DE LA DIARREA EPIDÉMICA PORCINA, Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 3.581 DE 2014

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 5.093, DE 2014, QUE SUSPENDE LA IMPORTACIÓN DE CERDOS VIVOS Y HEMODERIVADOS DE ORIGEN PORCINO, DESDE PAÍSES INFECTADOS CON NUEVA VARIANTE DEL VIRUS DE LA DIARREA EPIDÉMICA PORCINA, Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 3.581 DE 2014

Núm. 9.214 exenta.- Santiago, 16 de diciembre de 2014.- Vistos: La ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley Nº 18.164, que Introduce Modificaciones a la Legislación Aduanera; el DFL RRA Nº 16, de 1963, del Ministerio de Hacienda, sobre Sanidad y Protección Animal; el decreto Nº 16, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el "Acuerdo de Marrakech", por el que se establece la Organización Mundial del Comercio, la Organización Mundial de Sanidad Animal, y los Acuerdos Anexos, entre ellos, el de Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, y la resolución Nº 5.093, de 2014, del Servicio Agrícola y Ganadero.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero es el Organismo Público garante de la sanidad animal en el país.

  2. Que, para cumplir con ese mandato, se encuentra facultado para adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al país de agentes infecto contagiosos causantes de enfermedades que afectan a los animales, pudiendo determinar acciones de prevención con este objeto.

  3. Que, Chile es miembro del Acuerdo sobre Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio (OMC), el cual establece la atribución de los países para adoptar medidas sanitarias de emergencia.

  4. Que, este Servicio, habiendo tomado conocimiento de la propagación de la nueva variante del virus de Diarrea Epidémica Porcina en varios países, desde mayo de 2013, decidió suspender la importación a Chile de porcinos vivos y de hemoderivados de origen porcino, desde aquellos países que han declarado la presencia de la nueva variante del virus de la Diarrea Epidémica Porcina; medida que se formalizó mediante la emisión de la...

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