Resolución núm. 9015 EXENTA, publicada el 13 de Diciembre de 2014. ESTABLECE NORMA ESPECÍFICA DE CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS DE SORGO (SORGHUM BICOLOR (L.) MOENCH, SORGHUM BICOLOR X S. SUDANENSE, SORGHUM SSP. HYBRID, SORGHUM SUDANENSE STAPF, SORGHUM X ALMUM PARODI) Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº2.091, DE 1994 - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 549010162

Resolución núm. 9015 EXENTA, publicada el 13 de Diciembre de 2014. ESTABLECE NORMA ESPECÍFICA DE CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS DE SORGO (SORGHUM BICOLOR (L.) MOENCH, SORGHUM BICOLOR X S. SUDANENSE, SORGHUM SSP. HYBRID, SORGHUM SUDANENSE STAPF, SORGHUM X ALMUM PARODI) Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº2.091, DE 1994

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE NORMA ESPECÍFICA DE CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS DE SORGO (SORGHUM BICOLOR (L.) MOENCH, SORGHUM BICOLOR X S. SUDANENSE, SORGHUM SSP. HYBRID, SORGHUM SUDANENSE STAPF, SORGHUM X ALMUM PARODI) Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº2.091, DE 1994

Núm. 9.015 exenta.- Santiago, 9 de diciembre de 2014.- Vistos: La ley Nº18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº1.764 de 1977 que fija Normas para la Investigación, Producción y Comercio de Semillas; el decreto Nº188 de 1978 del Ministerio de Agricultura, reglamento del anterior; decreto Nº144 de 2010 del Ministerio de Relaciones Exteriores que promulga la Convención de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico, en específico el Anexo XI del 2014 sobre Semillas de Maíz y Sorgo, Normas y Reglamentos Específicos; la resolución Nº2.091 de 1994 del Servicio Agrícola y Ganadero que Establece Normas Generales y Específicas de Certificación de Semillas de Especies Agrícolas; la resolución Nº372 del 2014 que Establece Normas Generales de Certificación de Semillas y Plantas Frutales y deroga resoluciones Nº6.559 de 2006 y Nº2.754 de 1996; la resolución Nº2.433 de 2012 que delega atribuciones en autoridades del Servicio Agrícola y Ganadero y deroga resoluciones que indica, todas del Servicio Agrícola y Ganadero.

Considerando:

  1. Que, le corresponde al Servicio Agrícola y Ganadero dictar las normas generales y específicas sobre certificación de semillas.

  2. Que, Chile adhirió al Sistema de Certificación Varietal de Semillas de la OECD el año 1972 y es parte de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico desde el año 2010.

  3. Que, la División de Semillas del SAG es miembro de la Asociación de Agencias Oficiales de Certificación de Semillas, en su sigla en inglés AOSCA, lo cual nos permite exportar semillas certificadas a otros países miembros de esta organización por estar en cumplimiento con sus estándares.

  4. Que, en el marco de las obligaciones contraídas como Estado Parte de las organizaciones señaladas precedentemente, debe mantener coherente y armonizado su marco jurídico interno en materia de certificación de semillas conforme las directrices y estándares que entreguen estos organismos internacionales.

  5. Que, en cumplimiento de las nuevas directrices y estándares se ha requerido regular, conforme a éstas, el proceso de certificación de semillas.

  6. Que, además, este Servicio ha estimado necesario establecer nuevas exigencias que nos permitan mejorar la trazabilidad del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR