Resolución núm. 901 EXENTA, publicada el 31 de Julio de 2020. ASIGNA DIRECTAMENTE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS N° 27 (V. Y U.), DE 2016, CAPÍTULO TERCERO, PARA EL PROYECTO CONDOMINIOS DE VIVIENDAS, DE LA REMODELACIÓN SAN BORJA QUE SE INDICAN, DE LA COMUNA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA, EN EL MARCO DEL PLAN RECUPEREMOS CHILE
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Resolución |
ASIGNA DIRECTAMENTE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS N° 27 (V. Y U.), DE 2016, CAPÍTULO TERCERO, PARA EL PROYECTO CONDOMINIOS DE VIVIENDAS, DE LA REMODELACIÓN SAN BORJA QUE SE INDICAN, DE LA COMUNA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA, EN EL MARCO DEL PLAN RECUPEREMOS CHILE
Santiago, 30 de junio de 2020.- Con esta fecha se ha dictado la siguiente:
Núm. 901 exenta.
Vistos:
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La facultad que confiere al Ministro de Vivienda y Urbanismo el artículo 26 del DS N° 27 (V. y U.), de 2016, que reglamenta el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, para asignar directamente mediante resoluciones fundadas hasta un 30% de la cantidad de recursos dispuestos, para la atención de personas que se encuentren en situaciones especiales de urgente necesidad habitacional, derivadas de casos fortuitos, de fuerza mayor u otros, o proyectos que el Minvu califique como de extrema relevancia, y además para eximir a los beneficiarios del cumplimiento de uno o más requisitos, modificar condiciones o requisitos, eliminar impedimentos, o incluso disponer el aumento de los montos de subsidios establecidos por el referido decreto;
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La resolución exenta N° 6.042 (V. y U.), del 14 de mayo de 2017 y sus modificaciones, que me delega la facultad de asignar directamente subsidios en la modalidad individual, grupal o colectiva, a que se refiere el inciso primero del artículo 26 del DS N° 27 (V. y U.) de 2016, hasta por un 10% de los montos del programa habitacional dispuestos para la Región para la atención de personas que se encuentren en situaciones especiales de urgente necesidad habitacional derivadas de casos fortuitos, de fuerza mayor u otros, o para la atención de los damnificados como consecuencia de incendios, sismos, inundaciones, u otras catástrofes, conforme a la ley N° 16.282, cuyo texto refundido fue fijado por el DS N° 104, de Interior, de 1977, o proyectos que el Seremi califique como de extrema relevancia;
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La resolución exenta N° 41, del Ministerio de Hacienda y Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 9 de enero de 2020, que autoriza a efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos en el otorgamiento de Subsidios Habitacionales durante el año 2020 en Sistemas y Programas Habitacionales que indica;
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La circular N° 3, de fecha 28 de enero de 2020, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que establece el Programa Habitacional correspondiente al año 2020;
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La resolución...
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