Resolución núm. 9 EXENTA, publicada el 18 de Abril de 2016. APRUEBA REGLAMENTO INSTRUMENTO 'CAPITAL SEMILLA EMPRENDE/CAPITAL ABEJA EMPRENDE', CREADO EN VIRTUD DE ACUERDO Y RESOLUCIÓN QUE INDICA DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE LOS RÍOS - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 632691369

Resolución núm. 9 EXENTA, publicada el 18 de Abril de 2016. APRUEBA REGLAMENTO INSTRUMENTO 'CAPITAL SEMILLA EMPRENDE/CAPITAL ABEJA EMPRENDE', CREADO EN VIRTUD DE ACUERDO Y RESOLUCIÓN QUE INDICA DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE LOS RÍOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

APRUEBA REGLAMENTO INSTRUMENTO "CAPITAL SEMILLA EMPRENDE/CAPITAL ABEJA EMPRENDE", CREADO EN VIRTUD DE ACUERDO Y RESOLUCIÓN QUE INDICA DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE LOS RÍOS

Núm. 9 exenta.- Valdivia, 8 de abril de 2016.

Visto:

  1. La resolución (A) N°51, de fecha 7 de mayo de 2015, tomada razón por la Contraloría General de la República el día 5 de junio del mismo año, que ejecutó parcialmente el Acuerdo singularizado en el visto anterior, y aprobó el Reglamento del Comité de Desarrollo Productivo Regional de la Región de Los Ríos, en adelante "el Comité", y su modificación mediante la Res. (A) N°143, de 2015, de Corfo.

  2. La resolución (E) N° 1.709, de 2015, de la Vicepresidencia Ejecutiva de Corfo, por la cual, en armonía con lo dispuesto en el artículo primero transitorio del Reglamento del Comité precitado, el Vicepresidente Ejecutivo determina la fecha de inicio de funciones del Comité, el día 6 de octubre de 2015.

  3. El Acuerdo alcanzado por el Comité de Desarrollo Productivo Regional de Los Ríos, en Sesión Especial, de 8 de abril de 2016, que aprobó por unanimidad la creación del instrumento "Capital Semilla Emprende/Capital Abeja Emprende"; y la resolución (E) N° 8, de 2016, del Director Ejecutivo del Comité, que ejecutó los Acuerdos adoptados en dicha sesión.

  4. La visación entregada por el VPE de Corfo para la creación del instrumento de referencia.

  5. Que las asignaciones para estos proyectos son inferiores a 5.000 unidades tributarias mensuales.

  6. Lo dispuesto en el artículo 3° de la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en orden a que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales se llevarán a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva correspondiente.

  7. Las facultades que me otorga la resolución (A) Nº 51, de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, ya citada; la resolución (E) N° 274, de 5 de octubre de 2015, por la cual se me designa Director Ejecutivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional, designación realizada por el Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, previa consulta con el Intendente Regional; en relación con la resolución TRA N° 121498/1/2016, que aprueba contrato de trabajo por el cual se le asigna la función de Director Ejecutivo, y lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Resuelvo:

    1. Apruébase el siguiente Reglamento para el Instrumento "Capital Semilla Emprende/Capital Abeja Emprende":

    REGLAMENTO

    CAPITAL SEMILLA EMPRENDE/CAPITAL ABEJA EMPRENDE

  8. OBJETO DEL INSTRUMENTO.

    Promover la creación de nuevos negocios con oportunidad de participar en el mercado, apoyando la mejora de sus planes de trabajo para implementar un Negocio, que incluyan acciones de gestión empresarial e inversiones en bienes necesarios para su cumplimiento.

    Permite a los/las emprendedores/as recibir la asesoría...

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