Resolución núm. 890 EXENTA, publicada el 24 de Marzo de 2017. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE CARGA DE CONTENEDORES VACÍOS ENTRE DEPÓSITOS Y EL PUERTO DE ARICA, EN LOS HORARIOS QUE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 672066181

Resolución núm. 890 EXENTA, publicada el 24 de Marzo de 2017. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE CARGA DE CONTENEDORES VACÍOS ENTRE DEPÓSITOS Y EL PUERTO DE ARICA, EN LOS HORARIOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE CARGA DE CONTENEDORES VACÍOS ENTRE DEPÓSITOS Y EL PUERTO DE ARICA, EN LOS HORARIOS QUE INDICA

Núm. 890 exenta.- Arica, 30 de noviembre de 2016.

Visto:

La Ley N°18.059; los artículos N°s 107, 112 y 113 del DFL N°1, de 2007 de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; oficio N° 1548/2016, de fecha 29 de noviembre del año 2016, del Sr. Gobernador Provincial de Arica y de Terminal Puerto Arica, ambas de fecha 1 de agosto del año 2016; informe N° 45-F-2015 de SIAT de Carabineros de Chile, Prefectura Arica, e informe técnico de Terminal Puerto Arica, de fecha 11 de marzo de 2016, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.

Considerando:

  1. - Que, mediante oficio 1548, de fecha 29 de noviembre del año 2016, citado en el visto, la Gobernación Provincial de Arica, ha solicitado restringir el tránsito diurno de camiones que trasladen contenedores vacíos desde los distintos depósitos existentes en la ciudad y con dirección al Puerto de Arica, fundado en que tal tráfico es una de las causas más importantes de congestión vehicular, tanto en el sector céntrico, como en la zona industrial de la ciudad de Arica. Idéntica solicitud realiza Terminal Puerto Arica, mediante presentación de fecha 11 de marzo del año 2016, citada en el visto.

  2. - Que, los problemas derivados de la circulación de camiones en el sector señalado han sido, además, representados por las autoridades locales y la comunidad, por lo que resulta necesaria una medida de gestión que permita disminuir los impactos que esta ocasiona.

  3. - Que, habiéndose solicitado la emisión de informes relativos a la situación descrita por el Sr. Gobernador Provincial, el Terminal Puerto Arica (TPA), mediante presentación de fecha 11 de marzo de 2016, señala que se trasladan alrededor de 300 contenedores diarios, lo que efectivamente genera congestión en las vías de acceso al puerto, que se encuentra emplazado en el centro de la ciudad.

  4. - Que, de la misma forma, mediante oficio N°820, de fecha 26 de noviembre del año 2015, el Sr. Prefecto de Arica, don Mario Sepúlveda Peralta, evacua informe técnico pericial N°45-F-2015, de la Sección Investigadora de Accidentes de Tránsito, que en resumen sostiene que el traslado a horario nocturno de circulación de camiones porteadores de contenedores vacíos en jornada diurna, con dirección al puerto de la ciudad, implicaría...

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