Resolución núm. 89 EXENTA, publicada el 03 de Diciembre de 2018. FIJA TARIFAS PARA EL SERVICIO DOCUMENTO EXPRESS, PAQUETE EXPRESS DOMICILIO Y PAQUETE EXPRESS SUCURSAL, TODOS DEL MERCADO PERSONA DE LA EMPRESA DE CORREOS DE CHILE Y DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN EXENTA QUE SE SEÑALA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | EMPRESA DE CORREOS DE CHILE |
Rango de Ley | Resolución |
FIJA TARIFAS PARA EL SERVICIO DOCUMENTO EXPRESS, PAQUETE EXPRESS DOMICILIO Y PAQUETE EXPRESS SUCURSAL, TODOS DEL MERCADO PERSONA DE LA EMPRESA DE CORREOS DE CHILE Y DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN EXENTA QUE SE SEÑALA
Núm. 89 exenta.- Santiago, 26 de noviembre de 2018.
Vistos y considerando:
El DFL N° 10 de 1981 y el artículo 5° del decreto N° 642 de 2004, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones; el acuerdo N° 120/2018 del Directorio de la Empresa de Correos de Chile, adoptado en la Sesión Décima Ordinaria, de fecha 30 de octubre de 2018; la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República; y en uso de las facultades que me confiere la resolución exenta N° 41 de 2017 y la resolución exenta N° 56 de 2018, ambas de la Empresa de Correos de Chile, dicto la siguiente:
Resolución:
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Fíjense las siguientes tarifas para el servicio Documento Express, Paquete Express Domicilio y Paquete Express Sucursal, todos del mercado persona de la Empresa de Correos de Chile:
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Documento Express: corresponde a aquellos envíos cuyo embalaje es de material flexible, papel o plástico, con dimensiones menores y regulares en largo y ancho, conteniendo documentación en su interior, con peso máximo de 1,5 kg.
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Paquete Express Domicilio: corresponde a aquellos paquetes, bultos o cajas cuya medida (la suma de sus lados) no puede ser mayor a 3 mts., con peso no superior a 50 kilos físicos y 250 volumétricos.
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Paquete Express Sucursal: corresponde a aquellos paquetes, bultos o cajas cuya medida (la suma de sus lados) no puede ser mayor a 3 mts., con peso no superior a 50 kilos físicos y 250 volumétricos.
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Deróguese la resolución exenta N° 89 de 2017, de la Empresa de Correos de Chile.
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Las tarifas aprobadas por la presente resolución exenta se encuentran exentas de IVA, y comenzarán a regir a contar del día 1 de diciembre, no pudiendo en todo caso comenzar a aplicarse antes de la publicación de la presente resolución, en el Diario Oficial.
Anótese, comuníquese y publíquese.- José Luis Rodríguez, Gerente General, Empresa de Correos de Chile.
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