Resolución núm. 887 EXENTA, publicada el 11 de Julio de 2020. LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO TERCERO, PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS ECONÓMICAS, PARA LA REGIÓN METROPOLITANA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 846202599

Resolución núm. 887 EXENTA, publicada el 11 de Julio de 2020. LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO TERCERO, PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS ECONÓMICAS, PARA LA REGIÓN METROPOLITANA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO TERCERO, PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS ECONÓMICAS, PARA LA REGIÓN METROPOLITANA

Núm. 887 exenta.- Santiago, 26 de junio de 2020.

Vistos:

  1. Lo dispuesto en la ley 16.391, de 1965, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

  2. El DL Nº 1.305 (V. y U.) de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

  3. El DS 397 de 1976, que crea el reglamento orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.

  4. La facultad que me confiere el inciso segundo del artículo 15, de la ley Nº 20.898, para otorgar subsidios a comunidades de copropietarios constituidas de acuerdo a la Ley Nº 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria.

  5. El decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, en especial lo dispuesto en su Artículo 24.

  6. La resolución exenta Nº 1.237 (V. y U.), de 12 de julio de 2019, que fija Procedimientos para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios.

  7. La resolución exenta Nº 6.309 (V. y U.), de fecha 17 de mayo de 2017, que aprueba Estándares Técnicos para obras de Iluminación Fotovoltaica en Condominios de Viviendas Sociales.

  8. La resolución exenta Nº 3.800 (V. y U.), de fecha 18 de junio de 2018, y sus modificaciones, que aprueba Estándares Técnicos para Obras de Acondicionamiento Térmico en Condominios de Viviendas Sociales.

  9. La resolución exenta Nº 2.167 (V. y U.), del 17 de septiembre de 2019, que aprueba instrucciones para la aplicación del Convenio Regional de Asistencia Técnica para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº27 (V. y U.) del año 2016.

  10. La resolución exenta Nº 41, del Ministerio de Hacienda y Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 9 de enero de 2020, que autoriza a efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos en el otorgamiento de Subsidios Habitacionales durante el año 2020 en Sistemas y Programas Habitacionales que indica.

  11. La circular Nº 3, de fecha 28 de enero de 2020, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que establece el Programa Habitacional correspondiente el año 2020.

  12. El decreto supremo Nº 104, de fecha 18 de marzo de 2020, y el DS Nº 107, ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Subsecretaría del Interior, y sus modificaciones, que declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en el territorio de Chile.

  13. Resolución exenta Nº 589 (V. y U.), de fecha 2 de abril de 2020, que otorga prórrogas y nuevos plazos a los certificados de subsidios e inicios de obra de los proyectos que se encuentren vigentes o estén vencidos durante el período de la declaración de estado de catástrofe y hasta 60 días después del término del decreto Nº 104, de fecha 18 de marzo de 2020.

  14. La resolución exenta Nº 671, de fecha 19 de abril de 2020, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que adopta medidas excepcionales en el Estado de Excepción Constitucional de catástrofe, por calamidad, en el territorio de Chile.

  15. La resolución exenta Nº 739 (V. y U.), de fecha 27 de abril de 2020, que autoriza a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo para efectuar llamados especiales correspondientes el Capítulo III: Proyectos para Condominios de Vivienda, del decreto supremo Nº27 (V. y U.), de 2016, en las regiones para las regiones de Antofagasta, Metropolitana, del Libertador Bernardo O'Higgins, de la Araucanía y de Los Lagos.

  16. La resolución exenta Nº 821, de fecha 13.05.2020, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que adopta medidas excepcionales de gestión que indica respecto de proyectos en actual ejecución de los Programas de Protección del Patrimonio Familiar, y de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulados por los DS Nº 255, de 2006 y 27, de 2016, ambos de Vivienda y Urbanismo.

  17. El ordinario Nº 1462 (V. y U.), de fecha 29 de abril de 2020, que informa a Prestadores de Asistencia Técnica el proceso de certificación de nuevos condominios para postulación bajo el DS 27/2016, en contexto de Excepción Constitucional de Catástrofe, en condominios sociales y económicos, y validación de certificaciones otorgadas en virtud del DS 255/2006.

  18. Correo electrónico de fecha 12.06.2020 de Jefa de Subdepartamento Subsidios para Mejoramiento de Viviendas y Entorno, en que solicita cambio de fechas de acreditación de ahorros.

  19. La ley Nº 19.880 y la Res. Ex. Nº 581, de fecha 26 de marzo de 2020, de esta Secretaría Ministerial, sobre tramitación electrónica.

  20. El decreto Nº 41 (V. y U.), del 18 de diciembre de 2019, que nombra al infrascrito como Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo.

  21. Lo dispuesto en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    1. El Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en el territorio de Chile.

    2. La necesidad de atender a Condominios de Viviendas Económicas que presenten deterioro y sean considerados como objeto de atención del programa, de acuerdo a las condiciones señaladas en el Artículo 4 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.

    3. La necesidad de atender a Condominios de Viviendas Económicas que presenten certificaciones de condominio objeto en calidad de vigentes, otorgadas en conformidad al anterior DS Nº 255 (V. y U.), 2006, que reglamentaba el Programa de Protección al Patrimonio Familiar, en los años 2017 al 2019.

    4. Que las obras de reparación, mejoramiento y/o adecuación de bienes de dominio común a realizar en los condominios de viviendas, teniendo como fin el restituir su condición original, así como las ampliaciones, configuran acciones de alta relevancia para esta Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo, dicto la siguiente:

    Resolución:

  22. Llámase a postulación para el otorgamiento de subsidios correspondientes al Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Viviendas, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, a Condominios de Viviendas Económicas, calificados como objeto de atención del programa, según lo establecido en el Artículo 4, Condominios Objeto del Programa, del citado reglamento, y certificaciones reguladas por el DS Nº255/2016 otorgadas entre los años 2017 y 2019, que se encuentren emplazados en la Región Metropolitana, y consideren obras correspondientes a Mejoramiento de Bienes Comunes edificados y/o ampliación de la vivienda en copropiedad.

  23. Los plazos correspondientes a los procesos y fases de postulación y selección de este llamado, serán los siguientes:

  24. Para habilitar la Certificación de Condominio objeto, esta Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo ha dispuesto un ingreso de digital, en el contexto del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en el territorio de Chile. Mediante esta plataforma, las comunidades de copropietarios y residentes interesadas en postular deberán presentar un Expediente digital que contenga los antecedentes que permitan acreditar la condición de condominio objeto del llamado. Dicho Expediente deberá ser presentado por una Entidad Patrocinante (E.P.), según lo indica el Artículo 34 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.

  25. El procedimiento de certificación de Condominio objeto, será mediante Oficio conductor acompañado de los antecedentes de certificación en formato PDF, los que deberán ser enviados a la casilla electrónica: ofparteseremirm@minvu.cl, con copia al Encargado Equipo Vivienda Colectiva: rpinoa@minvu.cl...

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