Resolución núm. 872 EXENTA, publicada el 30 de Mayo de 2020. DELEGA EN EL/LA JEFE/A DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, LA FACULTAD DE FIRMA Y VISACIÓN QUE INDICA, Y DEJA SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES EXENTAS Nº 4.367, DE 2015, Y Nº 3.240, DE 2016, AMBAS DE LA SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA EN EL/LA JEFE/A DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, LA FACULTAD DE FIRMA Y VISACIÓN QUE INDICA, Y DEJA SIN EFECThttps://www.leychile.cl/#O LAS RESOLUCIONES EXENTAS Nº 4.367, DE 2015, Y Nº 3.240, DE 2016, AMBAS DE LA SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA
Santiago, 26 de mayo de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 872 exenta.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Lhttps://www.leychile.cl/#ey Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; en el decreto supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba el Reglamento de la ley Nº 19.886; en la ley Nº 19.896, que introduce modificaciones al decreto ley Nº 1.263, de 1975, Orgánico de Administración financiera del Estado y Establece Otras Normas sobre Administración Presupuestaria y de Personal; en el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el decreto supremo de Justicia Nº 1.597, de 1980, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en las resoluciones exentas Nº 4.367, de 2015, que Delega Firma y Facultad de Visación en el Jefe(a) del Departamento Administrativo y Nº 3.240, de 2016, que Faculta al Jefe(a) del Departamento Administrativo a Dictar los Actos Administrativos que Designen a los Funcionarios que Integren las Comisiones Evaluadoras en las Licitaciones Públicas que Correspondan, ambas de la Subsecretaría de Justicia; en las resoluciones Nºs. 6, 7 y 8, todas de 2019, de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa aplicable.
Considerando:
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Que, conforme a lo prescrito en el inciso segundo, del artículo 7º, del decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, "El Subsecretario de Justicia es el jefe superior de la Subsecretaría de Justicia (...). Tiene a su cargo la administración interna del Ministerio (...)".
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Que, en este contexto y de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 del decreto supremo de Justicia Nº 1.597, de 1980, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia: "El Departamento Administrativo es la unidad encargada de estructurar, elaborar las normas y supervisar las funciones de apoyo administrativo a la labor del Ministerio de Justicia", correspondiendo a la jefatura del Departamento, según dispone el artículo 26, del citado texto, "a) Colaborar directamente con el Subsecretario de Justicia en las funciones de dirigir la administración y servicio interno del Ministerio".
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Que, por razones de buen servicio, es necesario agilizar los procedimientos administrativos internos de la Subsecretaría de Justicia, considerándose oportuno...
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