Resolución núm. 85 EXENTA, publicada el 22 de Marzo de 2017. FIJA TASAS POR PARTICIPACIÓN EN CURSO DE VERANO DE LA OMPI (SUMMER SCHOOL) EN EL MARCO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO CON LA ACADEMIA DE LA OMPI
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Resolución |
FIJA TASAS POR PARTICIPACIÓN EN CURSO DE VERANO DE LA OMPI (SUMMER SCHOOL) EN EL MARCO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO CON LA ACADEMIA DE LA OMPI
Núm. 85 exenta.- Santiago, 13 de marzo de 2017.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N° 20.254, de 2008, que crea el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, especialmente su artículo 3, letras a), c), d), f) e i); en el decreto supremo N° 106, de 2015, que renueva por segunda vez el nombramiento del Director Nacional, dispuesto originalmente mediante decreto supremo N° 205, de 2009, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en la resolución exenta que aprobó el convenio de colaboración suscrito entre la Academia de la OMPI y el Instituto Nacional de Propiedad Industrial para la realización del Curso de verano de la OMPI; el memorándum N° 58, del Encargado del Departamento Administrativo a la Subdirectora Jurídica; y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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- Que el Instituto Nacional de Propiedad Industrial es un organismo de carácter técnico y jurídico encargado de la administración y atención de los servicios de la propiedad industrial, conforme a lo dispuesto en las leyes sobre la materia, correspondiéndole promover la protección que brinda la propiedad industrial y difundir el acervo tecnológico y la información de que disponga.
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- Que la Ley N° 20.254, de 2008, que crea el Instituto Nacional de Propiedad Industrial le entrega la función de mantener vínculos de cooperación con autoridades extranjeras y entidades internacionales que actúan en el campo de la Propiedad Industrial y la de promover iniciativas y desarrollar actividades tendientes a difundir el conocimiento de la propiedad industrial.
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- Que asimismo la letra i) del artículo 3° de la referida Ley N° 20.254, expresamente dispone que entre las funciones del Instituto Nacional de Propiedad Industrial está la de "Fijar los valores por los servicios que preste en conformidad a la ley. Estos valores corresponderán a las actuaciones, documentos y demás prestaciones a que se refiere el decreto ley N° 2.136, de 1978; a los precios de las publicaciones que realice el Instituto y de los...
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