Resolución núm. 85 EXENTA, publicada el 19 de Febrero de 2016. DELEGA EN LA JEFATURA DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y/O EN EL ENCARGADO DE LA OFICINA DE PARTES, LA FACULTAD DE FIRMAR 'POR ORDEN DEL DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA' LOS OFICIOS QUE INDICA - CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 593899266

Resolución núm. 85 EXENTA, publicada el 19 de Febrero de 2016. DELEGA EN LA JEFATURA DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y/O EN EL ENCARGADO DE LA OFICINA DE PARTES, LA FACULTAD DE FIRMAR 'POR ORDEN DEL DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA' LOS OFICIOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA
Rango de LeyResolución

DELEGA EN LA JEFATURA DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y/O EN EL ENCARGADO DE LA OFICINA DE PARTES, LA FACULTAD DE FIRMAR "POR ORDEN DEL DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA" LOS OFICIOS QUE INDICA

Núm. 85 exenta.- Santiago, 28 de enero de 2016.

Visto:

Lo dispuesto en Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración Pública, aprobada por el artículo primero de la ley Nº 20.285, especialmente su artículo 42 letras e) y f); el artículo 43 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el decreto supremo Nº 20, de 3 de marzo de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba los Estatutos de funcionamiento del Consejo para la Transparencia; la resolución exenta Nº 398, de 18 de julio de 2012, que aprueba Reglamento Orgánico del Consejo para la Transparencia; la resolución exenta Nº 1, de 6 de marzo de 2009, que aprobó el contrato de trabajo del Director General, don Raúl Ferrada Carrasco.

Considerando:

  1. Que la delegación de la facultad de firmar es una institución contemplada en la ley para determinados actos sobre materias específicas, cuya finalidad es permitir una gestión eficiente y eficaz de los organismos públicos.

  2. Que específicamente, el artículo 41 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, contempla la posibilidad de delegar la facultad de firmar los actos vinculados al ejercicio de las atribuciones y facultades propias del delegante, bajo los términos y requisitos dispuestos en dicho artículo.

  3. Que a su vez, el Director General del Consejo para la Transparencia tiene entre sus funciones, de acuerdo al artículo 42 en sus letras e) y f) de la ley Nº 20.285 y la letra f) del artículo 20 del decreto supremo Nº 20/2009 que aprobó los Estatutos de este Consejo, la de ejecutar actos que sean necesarios para el cumplimiento de los fines de esta Corporación, pudiendo delegar de manera específica el ejercicio de alguna de dichas funciones o la facultad de firmar, por orden del Director General, en determinados actos sobre materias específicas, en algún funcionario del Consejo.

  4. Que a la Unidad de Gestión Documental, dependiente de la Dirección de Administración, Finanzas y Personas del Consejo, en virtud del artículo 38...

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